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Ordenanza Nº7558/2025

Ordenanza Nº 7558/2025

Saavedra, 27/10/2025

El artículo 155 del Convenio Colectivo de Trabajo y el acta de la Junta de Calificaciones, Ascensos, Promociones e Ingreso de la Municipalidad de Saavedra - Pigüé que luce agregada al presente expediente y;

 

Considerando:

Que el artículo 155 establece el mejoramiento de la base salarial para el cálculo jubilatorio.

Que se ha establecido la promoción de la categoría de los agentes próximos a jubilarse con el fin de mejorar la base para el cálculo jubilatorio.

Que en virtud de ello la Junta de Calificaciones, Ascensos, Promociones e Ingreso de la Municipalidad de Saavedra – Pigüé propuso el otorgamiento de una categoría para determinados agentes.

Que asimismo y a los fines del mejoramiento de la base salarial para el cálculo jubilatorio, se propuso la modificación del régimen horario de determinados agentes.

Que teniendo en cuenta la declaración de emergencia económica y financiera dispuesta mediante Decreto Nº 616/2025, y la profunda crisis que atraviesa la Municipalidad de Saavedra – Pigüé, por razones de equidad con el resto de los compañeros se propuso a los agentes realizar una donación de haberes equivalente a la reducción de la carga horaria soportada por el resto de los compañeros sobre su remuneración mensual bruta, la cual tendrá vigencia desde el mes de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025,  siendo esta retención prorrogable  en caso de extenderse la declaración de emergencia económica.

Que los referidos agentes manifestaron su voluntad expresa de realizar una donación de haberes con destino saneamiento de las cuentas municipales buscando garantizar con ello la continuidad de las prestaciones en relación a los servicios esenciales

 Que el artículo 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que es competencia del Honorable Concejo Deliberante la aceptación o rechazo de las donaciones efectuadas a la Municipalidad.

 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

Artículo 1º:   Aceptase la donación del TRECE POR CIENTO (13%) del sueldo mensual neto y del Sueldo Anual Complementario neto, es decir, luego de deducidas las retenciones fiscales y de la seguridad social previstas por ley, de los siguientes agentes próximos a jubilarse:

  • SCHNAIDER, ANA E., Legajo Nº 1192,
  • BENTANCOR, MARÍA CRISTINA, Legajo Nº 1305,
  • MAURELES, PABLO, Legajo Nº 1390,
  • ACHARES, CRISTINA ISABEL, Legajo Nº 1162,
  • PALMA, SONIA HAYDEE, Legajo Nº 1214,
  • SIEBENHAAR, LILIANA, Legajo N° 1359,
  • AGUSTINELLI, ROBERTO, Legajo N° 1743,
  • ARCAGNY, DORA NANCY, Legajo N° 979,
  • GARAY, MONICA GRACIELA, Legajo N° 1724, todo ello conforme Acta acuerdo celebrada con el Departamento Ejecutivo el día 22 de septiembre de 2025; desde el 1° de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, siendo esta retención prorrogable en caso de extenderse la declaración de emergencia.

Articulo. 2º: Aceptase la donación del VEINTINUEVE (29%) del sueldo mensual neto y del Sueldo Anual Complementario neto, es decir, luego de deducidas las retenciones fiscales y de la seguridad social previstas por ley, del siguiente agente próximo a jubilarse:

  • RIVERA, ALEJANDRA, Legajo N° 1097, todo ello conforme Acta acuerdo celebrada con el Departamento Ejecutivo el día 22 de septiembre de 2025; desde el 1° de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, siendo esta retención prorrogable en caso de extenderse la declaración de emergencia.

Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

ORDENANZA Nª 7558/2025