Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13005/18
Quilmes, 01/10/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-600-M-18 ha sancionado la Ordenanza Nº 13005/18 en la Sesión Ordinaria del día 11 de Septiembre de 2018, que dice:
VISTO
El Expte. Nº 4091-600-M-18, Ref.: MABEL NOEMI MENDIBERRY, solicita reservar un espacio de estacionamiento para discapacitados en la calzada frente a su domicilio sito en Alvear 916 de Quilmes, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente de visto la solicitante ha adjuntado copia del certificado de discapacidad de su nieto Santiago Martín Sznajderman, acreditando el vínculo que invoca y acompañando copia de la Cédula de Identificación del Automotor, documentación esta que ha sido debidamente certificada;
Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por la República Argentina, reconoce que “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”;
Que la Ley Nacional N° 22.431 de Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (modificada por Ley Nº 24314) dispone en su Artículo 20º: “Establécese la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida…”. Asimismo el Inciso d) establece: “Estacionamientos: tendrán zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales”;
Que la Ley Provincial Nº 10.592 refiere en su Artículo 24º ter. (Texto incorporado por Ley Nº 12614) (Texto según Ley Nº 14824): “Las vías y espacios libres públicos deben permitir a las personas con movilidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria”;
Que es obligación del Municipio asegurar a la persona con discapacidad los mismos derechos que sus conciudadanos, para lo cual debe arbitrar los medios para eliminar las situaciones de desventaja que puedan encontrar en el ejercicio de sus derechos, mediante la adopción de medidas específicas destinadas a equiparar oportunidades;
Que a dichos efectos corresponde el dictado de normas, ante situaciones particulares, tendientes a facilitar espacios de estacionamiento para vehículos utilizados por persona con necesidades especiales motoras;
Que resultan de aplicación los Artículos 1º, 3º, 7º y concordantes de la Ordenanza Nº 11.458;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1°: RESERVESE un espacio para estacionamiento exclusivo para discapacitados frente al domicilio sito en Alvear Nº 916 de Quilmes, para su uso por parte de la Señora Mabel Noemí Mendiberry, de cuatro metros cincuenta centímetros (4,50 m) de largo.
ARTICULO 2°: ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo la demarcación del cordón y de la capa asfáltica correspondiente a dicho espacio de estacionamiento exclusivo.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 13005/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 11 de Septiembre de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 4135/2018.-