Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13004/18

Ordenanza Nº 13004/18

Quilmes, 01/10/2018

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente HCD-O-2-27184-18 ha sancionado la Ordenanza Nº 13004/18 en la Sesión Ordinaria del día 11 de Septiembre de 2018, que dice:

VISTO

            El Expte. Nº 2-27184-HCD-18. Presentado por la Concejal DANIELA CONVERSANO. Ref.: En virtud a la solicitud realizada por el Sr. JULIO CESAR ALVAREZ, para reservar un espacio de estacionamiento para discapacitados en la calzada frente a su domicilio sito en Caseros Nº 1527 de Bernal, y

CONSIDERANDO:

                              Que el solicitante debido a su discapacidad ha manifestado la necesidad de que se autorice reserva de espacio de estacionamiento en su domicilio adjuntado copia del certificado de discapacidad obrante en el presente Expte.;

                              Que asimismo, surge de la copia de la Cédula de Identificación del Automotor adjuntada al Expediente del Visto que la mencionada posee domicilio en Caseros Nº 1527 de Bernal;

                              Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por la República Argentina, reconoce que “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”;

                              Que la Ley Nacional Nº 22.431 de Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (modificada por Ley Nº 24.314) dispone en su Artículo 20º: “Establécese la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida…”. Asimismo el Inciso d) establece: “Estacionamientos tendrán zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales”;                         

                     Que la Ley Provincial Nº 10.592 refiere en su Artículo 24º ter. (Texto incorporado por Ley Nº 12.614) (Texto según Ley Nº 14.824): “Las vías y espacios libres públicos deben permitir a las personas con movilidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria”;                             

                     Que es obligación del Municipio asegurar a la persona con discapacidad los mismos derechos que sus conciudadanos, para lo cual debe arbitrar los medios para eliminar las situaciones de desventaja que puedan encontrar en el ejercicio de sus derechos, mediante la adopción de medidas específicas destinadas a equiparar oportunidades;                 

                              Que a dichos efectos corresponde el dictado de normas, ante situaciones particulares, tendientes a facilitar espacios de estacionamiento para vehículos utilizados por persona con necesidades especiales motoras;

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO   1º:   RESERVESE un espacio de estacionamiento exclusivo  para discapacitados frente al domicilio sito en Caseros Nº 1527 de Bernal, de cuatro metros cincuenta centímetros (4,50 m.) de largo para  uso del Señor Julio Cesar Álvarez.

ARTICULO   2º:   ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo la  demarcación del cordón de la capa asfáltica correspondiente a dicho espacio de estacionamiento exclusivo.

ARTICULO   3º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.

 

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

         Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

 

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

 

ARTICULO   1º:   PROMULGASE la Ordenanza N° 13004/18  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 11 de Septiembre de 2018.-

ARTICULO   2º:   DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-

 

DR. IGNACIO C. ALBERTO                                   MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                              INTENDENTE

DECRETO Nº 4134/2018.-