Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 12997/18
Quilmes, 01/10/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-25591-A-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12997/18 en la Sesión Ordinaria del día 11 de Septiembre de 2018, que dice:
VISTO
El Expediente Nº 4091-25591-A-17, Ref.: ASAMBLEA ESPIRITUAL DE LOS BAHA´IS DE ARGENTINA. Solicita se declare Patrimonio Histórico Cultural y Arquitectónico Monumento y/o Sepulcro Histórico al sepulcro que guarda los restos de May Ellis Maxwell, y
CONSIDERANDO:
Que May Ellis Maxwel fue en vida una de las figuras altamente destacadas en los inicios de la historia de la Fé Bahá´í en Argentina;
Que en virtud de las celebraciones del Bicentenario, alrededor del mundo entero, de los natalicios de Bahá´u´lláh y Báb ambos luminarias fundadoras de la Fé Bahá´í;
Que su deceso, producido el 1 de Marzo de 1940 durante una visita misional realizada a nuestro país, fue noticia internacional y su inhumación en el Cementerio Disidente local, fue acompañada por la instalación de un monumento realizado en mármol de carrara por el escultor italiano, Mario Vician. Dicha pieza, de trascendente valor histórico no solo para la Fé Baha´í; es sitio de peregrinaje internacional y reúne condiciones que protegen la intención de solicitar su declaración como patrimonio intangible;
Que la Comisión Municipal del Patrimonio Histórico-Cultural y Natural de Quilmes, creada por Ordenanza Nº 10633/07 modificada por Ordenanza Nº 12624/16, determinó que dicho sepulcro reúne los requisitos necesarios para su incorporación al listado de equipamiento urbano histórico de Quilmes, y su Declaración como Patrimonio Histórico – Cultural y Natural;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: DECLARASE “SEPULCRO HISTORICO CULTURAL Y ARQUITECTONICO DE QUILMES”, al sepulcro que guarda los restos de May Ellis Maxwel, en el Cementerio Disidente de Ezpeleta sito en Avenida Mitre Nº 5030 de Quilmes.
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 12997/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 11 de Septiembre de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 4127/2018