Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 12988/18
Quilmes, 12/09/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente HCD-O-2-26446-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12988/18 en la Sesión Ordinaria del día 28 de Agosto de 2018, que dice:
VISTO
El Expte. Nº 2-26446-HCD-17, presentado por los Concejales ANGEL GARCIA, JOSE BARROS (M.C.), DANIEL GURZI (M.C.). Ref.: La presentación de la Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.)– Quilmes, solicitando la adhesión del Municipio de Quilmes a la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.783, referente al cupo laboral del 1% para personas travestis, transexuales y transgéneros, y;
CONSIDERANDO:
Que el grado de comprensión acerca de la diversidad sexual alcanzado por nuestra sociedad, se ve reflejado en la Ley Nacional Nº 26.743 de Identidad de Género;
Que en su Artículo 1º, dicha Ley señala que toda persona tiene derecho “Al reconocimiento de su Identidad de Género”, al “libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género” y “A ser tratada de acuerdo con su Identidad de Género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada”;
Que en el Artículo 2º de la Norma Nacional “Se entiende por Identidad de Género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”;
Que la Ley Provincial Nº 14.783 de Cupo Laboral para Personas Trans establece en su Artículo 1º que el Sector Público Provincial bonaerense “debe ocupar en una proporción no menor al uno por ciento (1%) del total de su personal” a personas travestis, transexuales y transgénero siempre que sean idóneos para las tareas a cubrir;
Que la adhesión a la presente Ley Provincial, ya fue sancionada por los Honorables Concejos Deliberantes de los Municipios de Lanús, Morón, Merlo, San Miguel, Avellaneda, Almirante Brown, Campana, Tres de Febrero, La Plata, Azul, Mar del Plata, Chivilcoy y Bahía Blanca; a los que se sumó la Universidad Nacional de Mar del Plata;
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: ADHIERASE la Municipalidad de Quilmes a la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.783 que garantiza la incorporación en una proporción no menor al uno por ciento (1%) de la totalidad del personal Municipal, a personas travestis, transexuales y transgénero. Y establecer reservas de puestos de trabajo para ser ocupados por ellas, a efectos de promover la igualdad de oportunidades en cuanto al acceso al empleo público.
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 12988/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 28 de Agosto de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 3946/2018-