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Ordenanza Nº3990/5

Ordenanza Nº 3990/5

Tornquist, 19/11/2025

VISTO:

 

La creciente necesidad de inclusión digital de los adultos mayores en nuestra sociedad, y la importancia de garantizar su acceso a herramientas tecnológicas que faciliten la comunicación, el acceso a información y la realización de trámites online, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que el uso de tecnologías digitales es cada vez más indispensable para la participación social, económica y cultural.

Que los adultos mayores se encuentran en situación de vulnerabilidad frente al manejo de dispositivos y plataformas digitales.

Que la alfabetización digital contribuye a la autonomía, seguridad y calidad de vida de los adultos mayores.

Que desde la Defensoría del Pueblo (delegación Tornquist) se ha manifestado la inquietud y la necesidad de implementación de programas de inclusión digital para garantizar derechos y participación plena de este sector de la población.

Que los bloques Frente de Todos y Unión por la Patria, junto con la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires (delegación Tornquist) promueven la capacitación tecnológica como política pública;

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Créase el programa “Capacitación Digital para Adultos Mayores”, destinado a brindar talleres de alfabetización digital, gestión de trámites online y seguridad en internet, dirigido a personas mayores de 60 años residentes en el distrito.-

 

ARTÍCULO 2°: Los talleres deberán incluir:
a) Manejo básico de dispositivos (celulares, tablets y computadoras).
b) Uso de plataformas de trámites gubernamentales y bancarios.
c) Seguridad y privacidad en internet.
d) Herramientas de comunicación digital (correo electrónico, redes sociales y videollamadas).

 

ARTÍCULO 3°: La implementación del programa será coordinada por la Secretaría de Desarrollo del Municipio de Tornquist en colaboración con instituciones educativas, bibliotecas, centros comunitarios y la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 4°: Se destinarán los recursos necesarios en el presupuesto municipal anual para garantizar la continuidad y expansión de los talleres, incluyendo equipamiento tecnológico y capacitación del personal encargado.

 

ARTÍCULO 5°: La Secretaría de Desarrollo del Municipio de Tornquist deberá presentar informes semestrales ante el Concejo Deliberante sobre la ejecución del programa, cantidad de participantes y resultados obtenidos.

 

ARTÍCULO 6°: Comuníquese a la Defensoría del Pueblo (delegación Tornquist) y a los Bloques proponentes para su seguimiento y colaboración en la ejecución del programa.

 

ARTÍCULO 7°: La presente ordenanza entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial Municipal.

 

ARTÍCULO 8°: Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Cumplido: ARCHÍVESE.-