Boletines/Mercedes

Decreto Nº2642/2025

Decreto Nº 2642/2025

Mercedes, 18/12/2025

Visto

Que en el Expediente N.º 2025-00104246, caratulado: “PROYECTO DE CONTINUIDAD Y FORTALECIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD – EJERCICIO 2026”, se solicita la aprobación de la continuidad, ampliación y fortalecimiento de los dispositivos, acciones y servicios dependientes de la Dirección de Políticas de Género y Diversidad del Municipio de Mercedes, así como la incorporación de personal especializado necesario para la ejecución de las políticas de prevención, atención y abordaje integral de las violencias por motivos de género; y

Considerando

            Que la Dirección de Políticas de Género y Diversidad tiene como misión la prevención, asistencia y abordaje integral de las violencias por motivos de género, mediante dispositivos especializados tales como la Casa de la Mujer “Juana Azurduy”, el Hogar de Protección Integral, el Espacio TRAMA y el Equipo de Prevención de Violencias;

            Que estos espacios brindan atención interdisciplinaria durante todo el año, abordando situaciones de urgencia y acompañamientos prolongados, articulando con instituciones provinciales, judiciales, sanitarias y comunitarias para garantizar la protección integral de personas que atraviesan situaciones de violencia de género;

            Que el proyecto para el año 2026 propone no sólo la continuidad sino también el fortalecimiento y ampliación de los servicios, incorporando nuevas estrategias de prevención, talleres culturales y formativos orientados a la autonomía económica, y acciones comunitarias de sensibilización que profundicen el cambio cultural hacia la igualdad;

            Que resulta indispensable incorporar nuevos perfiles profesionales que permitan optimizar el acompañamiento psicológico, social y jurídico, así como la planificación, coordinación y ejecución de talleres y actividades culturales con enfoque de género y diversidad;

            Que entre los perfiles requeridos se encuentran: Coordinadores/as de eventos culturales, profesionales de la salud mental con enfoque de género, profesionales de trabajo social, psicología social, abogacía, acompañamiento terapéutico, y técnicos/as en producción cultural, necesarios para garantizar un abordaje integral y la implementación efectiva de los programas desarrollados por la Dirección;

Que la contratación de dichos profesionales será en carácter excepcional bajo la modalidad de locación de obra, dado que el Municipio no cuenta con los recursos humanos idóneos en el plantel municipal para llevar a cabo estas tareas;

Que el Decreto-Ley 6769/58 -LOM-, en su artículo 148, faculta a las Municipalidades a declarar la incompetencia en determinadas áreas y proceder a la contratación de personal especializado para el cumplimiento de objetivos específicos;

            Que el fortalecimiento de estas políticas forma parte del compromiso institucional del Municipio con la promoción y protección de los derechos humanos, la erradicación de las violencias por motivos de género y la construcción de una sociedad más justa e igualitaria;

Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: APRUEBASE la declaración de incompetencia formulada por la Jefatura de Personal a través del expediente de referencia.

ARTÍCULO 2º:ABRASE el proceso de selección a fin de designarlos siguientes profesionales para asegurar la implementación efectiva del programa aprobado por Decreto N° 2628/2025:

  • Coordinador/a de Eventos Culturales y Artísticos: para la planificación y ejecución de talleres, actividades culturales y eventos con enfoque de género y diversidad.
  • Profesionales de la Salud Mental con Enfoque de Género: para el acompañamiento psicológico integral de personas en situación de violencia.
  • Equipo Interdisciplinario para el Abordaje Integral: profesionales de trabajo social, psicología social, abogacía, acompañantes terapéuticos y profesionales de la salud.
  • Técnicos/as en Producción Cultural y Coordinación de Talleres: para la gestión operativa, logística y coordinación de talleres (cerámica, carpintería, peluquería, artes, expresión corporal, literatura, música, entre otros).
  • Personal especializado en prevención y manejo de grupos: para el desarrollo de capacitaciones, campañas, actividades educativas y comunitarias.
  • Otros perfiles profesionales: que pudieran resultar necesarios conforme el avance del proyecto y las necesidades emergentes en el abordaje de las violencias por motivos de género.

ARTICULO 3º: Las personas a cubrir el cargo, en caso de no encontrarse dentro de las personas incluidas en el Plantel Municipal al momento de la convocatoria, tendrá vinculación con este Municipio únicamente del contrato de locación de obra, sin relación de dependencia con esta Municipalidad.

ARTÍCULO 4º: El programa se ejecutará durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2026, con la posibilidad de extenderse por un nuevo período en función de los resultados obtenidos, las necesidades de la comunidad y la disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Dese al Digesto General. Cumplido, Archívese.-