Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1532/25

Decreto Nº 1532/25

Coronel Pringles, 29/09/2025

Visto

y

Considerando

la nota presentada por el área de Recaudación y los Expedientes Nº 1.856 y 1878 del año 2025, iniciados el Jefe de Gabinete Sr. Darío Christensen, y por la Directora de Comunicación, Sra. Fusari Paula, mediante los cuales solicitan designación de personal a su cargo y pago por extensión extra laboral a distintos agentes por realizar tareas con mayor carga horaria; en uso de las facultades que le son propias;   

  EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Desígnese de los agentes que a continuación se   detallan como Personal de Planta Temporaria – Destajista – Artículo 70º, Inciso “2”, de la Ley 14.656, para realizar la tarea de reparto de recibos, con un valor de $106,89, por unidad repartida, de acuerdo a certificación del área, a partir del 01/09/25 y hasta el 30/09/25, déjese aclarado que el reparto pertinente, por parte de las personas designadas deberá realizarse de lunes a viernes de 8,00 a 20,00 horas:

LEG.

APELLIDO Y NOMBRE

TASAS

CANT.

PERÍODO

IMPORTE

4370

ARTOLA LETICIA

ABL/SAN.

1000

09/25

$213.780,00

RED VIAL

1000

09/25

3776

CASTIGLIONI MARINA

ABL/SAN.

900

09/25

$96.201,00

4717

ELORMENDI EZEQUIEL

ABL/SAN.

1200

09/25

$128.268,00

2658

GUEVARA GUSTAVO

ABL/SAN.

2500

09/25

$267.225,00

3326

MARTINEZ CARMEN

ABL/SAN.

500

098/25

$53.445,00

3206

PAZ CLAUDIA

ABL/SAN.

20

09/25

$2.137,80

5202

SCHMIDT FLAVIA

ABL/SAN.

2000

09/25

$213.780,00

ARTÍCULO 2°: Abóneseles a los agentes que se detallan, la suma que en cada caso se especifica en concepto de Extensión Extra Laboral por tareas realizadas con mayor

carga horaria desde el 15/08/25 y hasta el 15/09/25 en el área de Comunicación, y Recaudación, conforme lo establecido en el Artículo 74° de la Ley 14.656. Expedientes Nº 1.856 y 1.878/25. 

Legajo Nº

Apellido y Nombre

Importe

5570

BELOSCAR GRACIELA

$74.823,00

3594

SCHOEFER LORENA

$96.201,00

5092

TEAR MAURO

$203.091,00

3701

ELCANO GUILLERMO

$68.494,.84/8.5HS

5745

MAIER LUCILA

$39.449,27/5.5HS

 

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, y publíquese dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.532/25.