Boletines/Tapalqué
Ordenanza Nº 3367
Tapalqué, 18/09/2025
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a modificar la modalidad de enajenación dispuesta por la Ordenanza N° 3338/24 respecto de los inmuebles identificados como Circunscripción VII, Parcelas 694a y 695a, disponiendo su venta directa a la Sra. Mariana Azcona, DNI Nro. 29.160.382, conforme lo previsto en el artículo 25 inciso c) del Decreto-Ley N° 9533/80, en razón de su condición de propietaria lindera y de los fundamentos expuestos en su carta de intención de fecha 17 de julio de 2025.
ARTÍCULO 2°: La venta directa se realizará por el precio que las partes convengan, el cual en ninguna caso podrá ser inferior a la tasación oficial vigente emitida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sin bonificación alguna y bajo las condiciones de pago que se pacten, las cuales deberán garantizar la preservación del valor real de la operación que se realiza sobre los inmuebles, pudiendo contemplar pagos a plazo, en moneda extranjera y/o mecanismos de actualización que resulten convenientes para conservar el valor adquisitivo de la moneda en la que se fije el precio de venta.
ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo suscribirá el boleto de compraventa y posterior escritura traslativa de dominio, una vez cumplidos todos los requisitos administrativos y legales, en especial previo otorgamiento por parte de la adquirente de la correspondiente servidumbre de paso que permita dar suficiente salida a la vía pública a los fundos a transmitir, levantando de este modo la restricción que pesa sobre los inmuebles cuya enajenación en forma directa se autoriza por medio de la presente, dejando constancia de que se trata de una modalidad de venta excepcional, su fundamentación y los antecedentes que la motivan.
ARTÍCULO 4°: Incorpórese el presente acto administrativo al expediente tramitado a tal efecto y notifíquese a la interesada.
ARTÍCULO 5°: Publíquese en archivo oficial, comuníquese y archívese.