Boletines/Campana
Decreto Nº 1044/25
Campana, 19/11/2025
Expte. N° 4016-11535-0-2025 - DEJASE SIN EFECTO LLAMADO - LIC. PRIVADA N°35/2025 - Juegos Bonaerenses año 2025 -Servicio de Hospedaje
Visto
El Decreto - Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022, el Decreto N° 1832/2025 del Honorable Concejo Deliberante, el DECTO- 2025-836-E-MUNICAM-INT, y el Expediente Municipal Nº 4016-11535-0-2025; y
Considerando
Que la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura promueve el Llamado a Licitación Privada N° 35/2025 para la contratación del Servicio “Juegos Bonaerenses año 2025 - Servicio de Hospedaje”.
Que obra copia del DECTO-2025-836-E-MUNICAM-INT, de fecha 12 de septiembre de 2025, mediante el cual se dispone el mencionado Llamado a Licitación Privada para la presente contratación.
Que luce la Planilla Especificativa de las Firmas Invitadas a Cotizar.
Que se glosan las invitaciones a cotizar con sus correspondientes firmas del proveedor PLAZA HOTEL CAMPANA S.A., TESHA S.R.L., BOSNASCO LUIS MARTIN y ANDRAGATHIA 2021 S.A.S.
Que obra Acta de Apertura – Sobre N° 1 – Documentación, del día veintinueve (29) de septiembre de 2025, manifestando en la misma, que se deja
constancia que no se presentó ningún oferente, quedando desierto el llamado a licitación.
Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura toma conocimiento e informa que considerando los tiempos administrativos que conllevan las contrataciones y/o adquisiciones del Estado, y ante la necesidad de contar con el servicio de hospedaje para el alojamiento del contingente que representará a nuestra ciudad en la etapa provisional de los “Juegos Bonaerenses”, la Dirección de Deportes, impulsará a través del Alcance 1 del presente expediente, el procedimiento de contratación bajo la modalidad de contratación directa conforme lo normado por el Artículo 156 inciso 10 del Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); en consecuencia sugiere dejar sin efecto la Licitación Privada N° 35/2025 y solicita desafectar el saldo de la Solicitud de Gasto N° 0-3936.
Que la Dirección de Compras toma conocimiento, dando prosecución a los actuados.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal toma conocimiento e informa que se ha realizado la desafectación de la Solicitud de Gasto N° 0-3936 y solicita, anular la Solicitud de Pedido N° 3-5395-825.
Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura cumple en informar la anulación de la Solicitud de Pedido N° 3-5395-825, dando prosecución a trámite.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento dando prosecución al trámite.
Que interviene la Jefatura de Gabinete, dando prosecución a los actuados.
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108° del Decreto – Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que el presente Decreto se suscribe en virtud de lo establecido en el artículo N° 2 del Decreto N° 1832/2025 del Honorable Concejo Deliberante.
Que la refrenda del presente Decreto se realiza en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el presente Llamado a Licitación Privada Nº 35/2025 para la contratación del Servicio “Juegos Bonaerenses año 2025 - Servicio de Hospedaje”, que fuera promovido por la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura en virtud de lo expuesto en el considerando y en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-11535-0-2025.-
ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete. -
ARTÍCULO 3º.- Regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-