Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº804

Decreto Nº 804

Exaltación de la Cruz, 30/12/2025

Habilitacion Municipal Zamborain silvia

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el expediente Administrativo N° 4036-59319-2024 a nombre de Zamborain Silvia Mabel, y;

Considerando

Que por el expediente administrativo de referencia tramita la Habilitación Municipal de la Sra. ZAMBORAIN SILVIA MABEL, CUIT 30-51730709-9 para un comercio de “ACTIVIDADES AGROPECUARIAS”, ubicado en el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción V, Secc. R, Parc. 1243 B de la localidad de Parada La Lata, Partido de Exaltación de la Cruz;

            Que la habilitación fue otorgada en el rubro: “CRIA DE AVESDE CORRAL, EXCEPTO PARA LA PRODUCCION DE HUEVOS”; para el código de actividad AFIP “ACTIVIDADES AGROPECUARIA”;

             Que el solicitante ha iniciado los trámites para la renovación de dicha habilitación y ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la misma;

             Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Habilitaciones Comerciales corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por renovación por el término de cuarenta y ocho (48) meses en el rubro referenciado a partir del 01 de noviembre del corriente año con vencimiento el día 31 de octubre del 2029.-

             Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE INTERINO MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1°

Concédase por renovación la habilitación municipal por el término de cuarenta y ocho (48) meses a favor de la Sra. ZAMBORAIN SILVIA MABEL, CUIT 30-51730709-9, para el comercio “ACTIVIDADES AGROPECUARIA” ubicado en el inmueble identificado catastralmente como, Circunscripción V, Secc. R, Parc. 1243 B de la localidad de Parada La Lata, Partido de Exaltación de la Cruz según expediente administrativo N°4036-5882-1992, a partir del día 01 DE NOVIEMBRE DEL 2025 venciendo la misma el día 31 DE OCTUBRE DEL 2029.-

Artículo 2°

La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las disposiciones vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida y/o alterada respecto al rubro. -

Artículo 3°

Autorizase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual deberá registrarse con asignación de número y leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACIÓN”. -

Artículo 4°

El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno.

Artículo 5°

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese. -