Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4765/2025

Ordenanza Nº 4765/2025

Coronel Dorrego, 12/11/2025

VISTO:         

La necesidad de modificar la Ordenanza Nº 4674/25 para mejorar su operatividad; y

CONSIDERANDO:

Que el espíritu de la Ordenanza que nos ocupa no se ve modificado.

Que las modificaciones surgen con motivo de ordenar la puesta en marcha del Programa “Tu Lugar – Acceso al Terreno para la Primera Vivienda” y la correcta aplicación de la norma.

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Modifíquese el Artículo 6º) de la Ordenanza 4674/25, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 6º) Inscripción: Todo aquel que reúna los requisitos descriptos =========== deberá  inscribirse en la Dirección de Obras Públicas, presentando la documentación correspondiente. El plazo de inscripción lo determinará el Departamento Ejecutivo.

 

ARTÍCULO 2º) Modifíquese el Artículo 7º) de la Ordenanza 4674/25, el cual quedara ============= redactado   de la siguiente manera:

ARTICULO 7º) Adjudicación: A los efectos de la adjudicación, se convocará ============a  los inscriptos y se procederá a la realización de un sorteo a cargo de Escribano Público.

 

ARTÍCULO 3º) Modifíquese el Artículo 9º) de la Ordenanza 4674/25, el cual quedara ============ redactado  de la siguiente manera:

ARTICULO 9º) Tasaciones de los lotes: El valor de cada uno de los lotes ===========  afectados, será determinado por la Comisión de Tasación de Bienes Inmuebles Privados, perteneciente a la Municipalidad de Coronel Dorrego y/o Tasación Oficial. El valor establecido se dividirá en hasta 36 cuotas en pesos, mensuales y consecutivas, actualizadas semestralmente por el Coeficiente Casa Propia, informado por el Gobierno nacional. Una vez recibido el informe del  

Registro de la Propiedad de Inmuebles de la Provincia de Buenos, el Departamento Ejecutivo verificará que el Adjudicatario no posea bienes inmuebles a su nombre en el ámbito de la provincia. Cumplida dicha verificación y constatado el cumplimiento de los demás requisitos exigidos, se procederá a la suscripción del correspondiente boleto de compraventa. El Departamento Ejecutivo liquidará dentro de los sesenta días corridos, las cuotas a abonar por el beneficiario.

 

 ARTÍCULO 4º) Modifíquese el Artículo 11º) de la ordenanza 4674/25, el cual quedará =============  redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 11º) Desadjudicación: Vencidos los plazos estipulados en el ============ Artículo 4º, se   producirá la mora automática de parte del adjudicatario, y sin necesidad de intimación o interpelación por parte del Municipio, se procederá a iniciar el proceso de des adjudicación, llamando a una nueva adjudicación, teniendo preferencias los inscriptos que no hubieran sido favorecidos en el sorteo inicial y que sigan cumpliendo los requisitos mencionados en los artículos precedentes. El valor del lote será determinado nuevamente por la Comisión de Tasaciones de Bienes Inmuebles Privados perteneciente a la Municipalidad del Partido de Coronel Dorrego y/o Tasación Oficial.

 

ARTÍCULO 5º) Déjese sin efecto el Art. 12º) de la Ordenanza 4674/25.                               

 

ARTÍCULO 6º) Modifíquese el Artículo 13º) de la ordenanza 4674/25 que quedara =========== redactado  de la siguiente manera en reemplazo del Art. 12º):

ARTICULO 12º) Escrituración de Interés Social: La transferencia de dominio ==========

a los  adjudicatarios se gestionará por ante la Escribanía General de Gobierno, declarándose de Interés Social la escrituración de la misma o ante escribanía particular. Ello sucederá con posterioridad a la cancelación total de la deuda del terreno asignado, y luego de haber dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 4º) de la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 7º) El Art. 14 º) y 15º) de la Ordenanza 4674/25, pasarán a Art. 13º) y 14º) por ============ orden cronológico sin modificar su redacción.

 

ARTÍCULO 8º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, ============== dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.

 

Sala de SESIONES, Noviembre 12 de 2025