Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4764/2025

Ordenanza Nº 4764/2025

Coronel Dorrego, 12/11/2025

VISTO:

La nota recibida por la Asociación de Bomberos Voluntarios de Coronel Dorrego, (Expediente Nº. 1986/25 /25) expresando la decisión de no continuar con la explotación de la Playa de Camiones de la ciudad de Coronel Dorrego; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Asociación de Bomberos Voluntarios tiene la explotación de dicha Playa de camiones hasta el 4 de enero de 2026, de acuerdo al contrato de Permiso de Uso de fecha 04 de enero de 2024.

Que mediante Ordenanza Nº3952/19 y 4177/21, este Municipio cedió con carácter de préstamo de uso gratuito la Playa de Camiones ubicada en la intersección de las calles Aranda y Colón de la ciudad cabecera, a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Coronel Dorrego.

 Que se establece la cesión por un plazo de dos años desde la firma del Contrato de Permiso de Uso para Fines Determinados, hecho ocurrido con fecha 04 de Enero de 2024.

Que la puesta en funcionamiento de la Playa de Camiones, viene ofreciendo el servicio de estacionamiento y guarda permanente y exclusiva para camiones, camiones articulados, con o sin acoplados y acoplados únicamente.

Que este servicio ha aportado al orden en el tránsito, estacionamiento y seguridad vehicular en la ciudad cabecera, en lo concerniente al tránsito pesado.

Que la Sociedad de Bomberos Voluntarios ha manifestado que no renovará contrato suscripto oportunamente.

Que se ha prestado el servicio objeto del mismo, en forma ininterrumpida, cumpliendo todos los requisitos exigidos y llevando una solución no solo a los transportistas, sino a la población en general.

Que de conformidad con los Artículos 190º y 191º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y Artículo 53º, 230º a 239º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es facultad del Departamento Deliberativo comunal autorizar la prestación de servicios públicos.-

 

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:

 

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo a llamar a Licitación Pública la ============ explotación en concesión de la Playa de camiones sito en calle Guillermo Aranda y Colon, designado catastralmente como: Cir. XVII, Sec. A, Ch. 86, Fr 2 Pda. 484; de la Ciudad de Coronel Dorrego, Partido de Coronel Dorrego, Provincia de Buenos Aires de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones que se agrega como Anexo I de la presente.-

ARTÍCULO 2º) El Departamento Ejecutivo dispondrá el lugar, fecha y hora de la ============  apertura de las propuestas.-

ARTÍCULO 3º) Fijase el valor del Pliego de Bases y Condiciones para los interesados ============ que lo soliciten, según lo fija el Artículo 32º, Inc. 8) de la Ordenanza General Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============  al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, Noviembre 12  de 2025.-