Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4758/2025

Ordenanza Nº 4758/2025

Coronel Dorrego, 12/11/2025

VISTO:

 

La nota presentada a este Honorable Cuerpo por parte del Instituto Secundario Maestro Lequerica; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el cuerpo de la misma solicitan el corte del tránsito vehicular el día 18 de noviembre del Corriente, entre las 8:30 y las 11:30 hs. en la calle Lequerica al, en adyacencias de dicha institución, con motivo de realizarse festejos por el día del Tradición.

 

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:

 

 

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Dispónese el corte del tránsito vehicular en la calle Lequerica entre ============Antonio B. Costa y Siria, el día 18 de Noviembre del corriente, en el rango horario comprendido entre las 8:30 y las 11:30 hs.

 

ARTÍCULO 2º) Autorízase al Instituto Secundario Maestro Lequerica a ============ utilizar los espacios mencionados ut supra, en el rango horario correspondiente a lo estipulado en el Artículo 1º, para la realización del evento especificado en los argumentos presentes en el exordio.-

 

ARTÍCULO 3º) El permiso otorgado por la presente es intransferible, de carácter  ============= precario y no contiene derechos de exclusividad, pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa o cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.-

 

ARTÍCULO 4º) Establézcase que la institución organizadora, será responsable ============== absoluta de la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere el emprendimiento autorizado, como asimismo todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión de las actividades programadas.-

 

ARTÍCULO 5º) En  caso de corresponder, la entidad autorizada abonará las ============= contribuciones  establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).-

 

ARTÍCULO 6º) El Departamento Ejecutivo, resolverá  sobre cualquier cuestión que ============= haga a la  organización autorizada en la presente.-

 

ARTÍCULO 7º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, =============  dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, Noviembre 12 de 2025.-