Boletines/Tandil
Decreto Nº 122/2026
Tandil, 09/01/2026
Visto
La nota acompañada por la Dirección del Hospital Ramón Santamarina por medio de la cual se solicita la designación de una Coordinadora Administrativa en los sectores de Admisión y Egresos y de Consultorios Externos del Hospital de Niños por la reubicación de la actual Coordinadora Rosana Gimenez en el Área de Electromedicina del Sistema Integrado de Salud Pública.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reubíquese a la trabajadora Carina Fabiana Camio - Legajo 10.171 (actualmente designada como Personal Administrativo en la categoría 14 - 48 hs. semanales de la planta permanente, perteneciente al Hospital"Ramón Santamarina"), como Coordinadora Interina de los sectores de Admisión y Egresos y de Consultorios Externos del Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas" del Sistema Integrado de Salud Pública a partir del 01 de enero de 2026 y por el término de tres (3) meses manteniendo su categoría y régimen horario.
Artículo 2°: Abonese por las tareas a desarrollar como Coordinadora una bonificación por tareas especiales equivalente al veinte (20%) por ciento de su básico.
Artículo 3°: Dese de baja las bonificaciones de Fallo de Caja 5% y el Adicional por Tareas Criticas por desempeñarse en el sector de Guardia del Hospital "Ramón Santamarina".
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las partidas Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas", Fuente Financiamiento 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Planta Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del Cargo, 1.1.1.6 Personal Administrativo, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.3.2 Por Extensión Horaria, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.7 Bonificación Especial, 1.1.7.0 Complementos, 1.1.7.1 Por Presentismo, 1.1.7.8 Bonificación Por Tareas Especialesdel presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 5°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Operaciones y Estadísticas, de Recursos Humanos y Contaduría, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia