Boletines/Chacabuco
Ordenanza Nº 10860/26
Chacabuco, 30/12/2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA
ORDENANZA N° 10.860/26.
ARTÍCULO 1º: Autorizase lo solicitado por la vecina Sra. Valeria Bentancour DNO N° 26.492.370, referente a la colocación de discos “Prohibido Estacionar” y el pintado de cordón amarillo frente a su domicilio, sito en calle Belgrano N° 109, de la ciudad de Chacabuco, debido a la condición de salud de la solicitante, acreditada mediante el correspondiente certificado médico adjunto al presente expediente (C.U.D).
ARTICULO 2º: Se otorgarán seis (6) metros contados a partir de una de sus líneas medianeras y, en caso de existir garaje, se considerarán los tres metros del garaje mas los tres metros continuos.
ARTICULO 3º: El permiso se otorgará a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, y caducará automáticamente su cesa la causa que lo motivó.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, SITO EN CALLE SAN JUAN Nº 167, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Y PUBLICA NUMERO MIL VEINTICUATRO (N° 1.024), A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-
Expte. Nº 21.858/25