Boletines/Moreno
Decreto Nº 3280/25
Moreno, 11/09/2025
Visto y considerando
VISTO el expediente 271920/S/25 mediante el que se tramita el valor de actualización para las Tasas, Derechos y Contribuciones alcanzados por la Ordenanza Fiscal Nº 7307/2024 T.O 2025 en su Artículo 15.
Que la actualización de las Tasas, Derechos y Contribuciones permitirá adecuar los Ingresos del Municipio a los costos de los Servicios y las Inversiones en el mismo.
Considerando que fojas 38 a 41 del Expte de referencia se exponen las publicaciones del I.N.D.E.C para el Índice de Precios al Consumidor correspondiente a los periodos junio 2025; julio 2025 y agosto 2025.
Que se agregan a las actuaciones los cálculos de acuerdo con el Modelo establecido en el artículo 15 de la Ordenanza Fiscal Nº 7307/2024 T.O 2025.
Que dicho Modelo de cálculo ejecutado a fojas 41 para el período comprendido de junio a agosto 2025 establece una variación del 5,50%
Que, en consecuencia, y teniendo en cuenta que la variación porcentual determinada para el periodo junio 2025 a agosto 2025 arroja un valor de 5,50 %, el cual podrá ser aplicado a los valores de las Tasas, Derechos y Contribuciones, devengados a partir del 1° de octubre del año 2025.
Que como es de público conocimiento las condiciones económico y sociales del País en general y el distrito de Moreno en particular, ameritan la actualización del periodo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo y las Áreas Técnicas Competentes,
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades en los términos de los artículos 108 inc. 3) y 182 del Dec. Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades),
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Establézcase el Índice de Actualización de las Tasas, Derechos y Contribuciones cuya valoración se rige por la Ordenanza Tributaria y Tarifaria N° 7306/2024 T.O 2025, a partir del periodo octubre 2025 en un 5,50 %, de acuerdo con lo expresado en los considerandos, y según lo establecido en el artículo Nº 15° de la Ordenanza Fiscal Nº 7307/2024 T.O 2025.
ARTICULO 2º: En función del valor establecido en el artículo 1° del presente Decreto, se determina que la aplicación de dicha actualización para las Tasas, Derechos y Contribuciones se liquidan con un valor de ajuste del 5,50 % a partir del 1° de octubre del 2025.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por la señora Contadora Municipal interinamente a cargo de la Secretaria de Economía y el señor Secretario de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 4º: Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese. -
SR NAHUEL BERGUIER SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA JIMENA ARRIETA