Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº187

Resolución Nº 187

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/11/2025

VISTO las presentes actuaciones referidas a la solicitud de autorización para la ampliación de infraestructura existente de tendido aéreo de fibra óptica en el sector detallado a foja 8 del expediente de referencia, presentada por el Sr. Fernando Andrés Molinos, en carácter de Apoderado de Telefónica Móviles Argentina S.A.; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 10/11, el Departamento Territorial agrega planimetría del sector de referencia en la que se reflejan las calles cedidas al uso público, aclarando que “la planimetría de fs. 8 del presente expediente, en donde constan los postes a colocar, los mismos están proyectados en calles cedidas al uso público”.

Que, a foja 12, el Departamento Planeamiento Urbano hace mención a la Ordenanza Nº 12.749 -cuya copia adjunta a foja 13-, la cual reglamenta las obras de tendido de ductos que afecten la vía pública, indicando que la documentación presentada por Telefónica Móviles Argentina S.A. no se ajusta a lo requerido por los dos primeros incisos del artículo 7° de dicha Ordenanza. Por otra parte, deja constancia “que el estado parcelario obrante en el plano de fs. 8 no coincide con el informado por el Departamento Territorial a fs. 11”. Asimismo, requiere a Telefónica Móviles Argentina S.A. que informe a qué nodo de transmisión se encuentra conectado el sector a intervenir.

Que, a foja 17, el Jefe del Departamento Electricidad y Mecánica -Ing. Daniel Edgardo Dotti- informa que en el sector en el que se va a llevar a cabo el proyecto “se puede realizar tendidos de líneas de forma aéreas por lo tanto desde ese punto de vista no tengo observaciones que hacer”, formulando indicaciones asociadas a la documentación presentada por Telefónica Móviles Argentina S.A.

Que, a fojas 18/64, Telefónica Móviles Argentina S.A. informa la ubicación del nodo de transmisión conectado al sector a intervenir, presentando documentación requerida por las diversas dependencias técnicas municipales intervinientes, entre la que puede destacarse a fojas 32/64 el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto objeto de estos actuados.

Que, a foja 67, el Consejo de Medio Ambiente en Acta del día dos de septiembre de dos mil veinticinco, determina: “2) Tratamiento de los siguientes Expedientes de la empresa Movistar – Recambio tecnológico FTTH Bahía Blanca...

0-2525-2025–Proyecto Recambio Tecnológico FTTH BAHÍA BLANCA ING WHITE ZONA 1.

...Luego de examinar la documentación obrante en cada uno de los expedientes enunciados, este Consejo decide que, dada la cantidad de Expedientes y a la diversidad de observaciones existentes, se emitirá el pronunciamiento en la próxima reunión...

Que, a fojas 68/176 y 178/182, Telefónica Móviles Argentina S.A. presenta documentación requerida por el Departamento Electricidad y Mecánica a foja 66.

Que, a foja 185, el Consejo de Medio Ambiente en Acta del día veinte de noviembre de dos mil veinticinco, determina que “2) Expedientes de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A. (MOVISTAR) – Despliegue de FTTH (Fiber To The Home) – Posteo para posterior tendido de fibra óptica:...

0-2525/2025-Proyecto Recambio Tecnológico FTTH B B ING WHITE ZONA 1

...Luego de examinar la documentación obrante en los Expedientes de referencia, este Consejo sugiere la aprobación de cada Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa recurrente. Por ello se solicita la intervención de la Subsecretaría de Ambiente a fin de que considere sustanciar el acto resolutivo y notificar de ello la empresa”.

Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE AMBIENTE, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º): Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental presentado a fojas 32/64 del Expediente Nº 0-2525/2025 por la firma Telefónica Móviles Argentina S.A., correspondiente al proyecto de ampliación de infraestructura existente de tendido aéreo de fibra óptica en el sector detallado a foja 8 del expediente de referencia, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º): Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome conocimiento el Consejo de Medio Ambiente y demás dependencias municipales que correspondan. Hecho, remítase al Departamento Vialidad para la prosecución del trámite.