Boletines/Lobería

Decreto Nº062-26

Decreto Nº 062-26

Lobería, 09/01/2026

DESÍGNASE, en carácter de destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/17 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería; y

Considerando

QUE, el Director de Protección Ciudadana de la Comuna, Sr. MARTÍN ACOSTA, solicita la designación de personal destajista, para cubrir guardias como  inspector de tránsito en esta ciudad, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2026, inclusive;
QUE, dicho agente reforzará el área mencionada previendo la necesidad del servicio pudiendo labrar actas de infracción;
QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;
QUE, este Departamento Ejecutivo, accede a lo solicitado, teniendo en cuenta que valor de la guardia se modificará oportunamente en relación al porcentaje de aumento de la escala salarial del personal de planta permanente y temporario mensualizado comprendido en la Ordenanza N° 1.973/15 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de destajista, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive, a la persona que se detalla a continuación, para cubrir guardias como inspector de tránsito en esta ciudad, reforzando el área mencionada previendo la necesidad del servicio, pudiendo labrar actas de infracción:

APELLIDO Y NOMBRE                                                              NÚMERO DE DOCUMENTO
NEILA, AGUSTÍN                                                                                    41.386.521
ARTÍCULO 2.- El monto a abonar por guardia trabajada asciende a la suma de PESOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS CON CERO SIETE CENTAVOS          ($ 23.762,07.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 20.435.-) correspondiendo al Municipio, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 2.851. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, dejando expresa constancia de la cantidad de guardias realizadas.
ARTÍCULO 3.- El valor de la guardia se modificará en relación al porcentaje de aumento de la escala salarial del personal de planta permanente y temporario mensualizado comprendido en la Ordenanza N° 1.973/15 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería.
ARTÍCULO 4.- Impútese a la Partida: “1110102000 Secretaría de Gobierno – 20 Dirección de Protección Ciudadana – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros, Dirección de Protección Ciudadana, Juzgado de Faltas Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.