Boletines/Tandil

Decreto Nº74/2026

Decreto Nº 74/2026

Tandil, 06/01/2026

Visto

La renuncia para acogerse a una Jubilación Ordinaria mixta presentada por José Alberto Pascual – Legajo 7117 - de la Secretaría de Protección Ciudadana.

Considerando

Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Aceptase la renuncia presentada por José Alberto Pascual – Legajo 7117 - de la Secretaría de Protección Ciudadana para acogerse a los beneficios de una Jubilación Ordinaria mixta a partir del 1° de Enero de 2026.

Artículo 2°: Inclúyase a José Alberto Pascual – Legajo 7117 - de la Secretaría de Protección Ciudadana en las Planillas de Anticipo a Jubilados, a partir de la fecha mencionada.

Artículo 3°: Otorgase a José Alberto Pascual – Legajo 7117 - de la Secretaría de Protección Ciudadana unaretribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades del básico de la categoría que revistaba, sin descuentos de ninguna índole, equivalente a la suma de Cinco millones quinientos cincuenta y siete mil trescientos once pesos con sesenta y seis centavos ($ 5.557.311,66) conforme a lo determinado en el artículo 46 inc. b) del CCT 09/2019.

Artículo 4°: Los egresos impútense la partida 1.6.1.0 “Permios al Personal”, 1.1.1.01.12. – Secretaría de Protección Ciudadana – Programa 35 – Comunidad Centinela – Actividad 01 – Controlador e Inspección, (Fuente de Financiamiento 131 – Recursos Afectados de Origen Municipal – Rubro de Afectación: 12.1.28.01), y de la partida 6.2.1.1 “Anticipo a Jubilados”, dentro de la clasificación institucional l – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01 – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 –Secretaría de Gobierno-, Actividad 01 –Administración de Gobierno-, Subactividad 01 –Conducción y Administración, del Presupuesto de gastos vigente para el ejercicio.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 6°: Regístrese, notifíquese por la Secretaría de Protección Ciudadana, tomen conocimiento Delegación de IPS, Dirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección de Sistemas Informáticos y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                 -               Intendencia