Boletines/Brandsen

Ordenanza Nº2423

Ordenanza Nº 2423

Brandsen, 17/11/2025

VISTO

El expte. 4015-38.004/2025, y;

CONSIDERANDO

Que, a fojas 1 la Subsecretaría de Educación y Juventud solicita la cesión / donación a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires de un inmueble para el funcionamiento del Jardín de Infantes N° 911 de La Parada;

Que realizadas consultas al catastro municipal, surge como lote disponible el identificado con nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección F, Manzana 39, Parcela 1a (Partida 2616-11407), con una superficie de 3751 m².;

Que la Subsecretaría Legal y Técnica, a fs. 15 dictamina que con sustento en el Art. 25 del Decreto Ley 9533/80 faculta a la Municipalidad a efectuar la transferencia directa en venta o en donación con exclusión del régimen de subasta pública y previa determinación del destino, cuando el adquirente sea el Estado Nacional, Las Provincias o Las Municipalidades;

Que la inscripción registral en favor de la Municipalidad de dicha reserva comunitaria en el Registro de la Propiedad Inmueble, se encuentra en trámite;

Que de conformidad al Artículo 56 de la L.O.M. es facultad del Honorable Concejo Deliberante autorizar la cesión de bienes de su título gratuito;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BRANDSEN, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder, en carácter de donación el-----------------------lote identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección F, Parcela 1a, Manzana 39 (Partida Inmobiliaria 2616-11407), a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 2°: La presente donación se efectúa con cargo de destinar el inmueble a-----------------------construcción de Jardín de Infantes N° 911 exclusivamente, no pudiendo otorgarle otro destino. Se establece el plazo para el cumplimiento del cargo de 2 años a partir de la promulgación de la presente.-

ARTÍCULO 3°: La escritura traslativa de dominio, se realizará ante la Escribanía General de----------------------Gobierno, autorizándose al Señor Intendente a suscribir la documentación necesaria a tal fin.-

ARTÍCULO 4°: De forma.-