Boletines/Brandsen

Decreto Nº2012

Decreto Nº 2012

Brandsen, 13/11/2025

Visto

Visto la Ordenanza Nº 1813 de Creación del “Fondo Municipal de Obras Públicas”, la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58, y el Decreto Provincial Nº 2980/2000 (RAFAM), y; 

Considerando

Que el “Fondo Municipal de Obras Publicas “creado por la Ordenanza N° 1813, tiene por objeto ser aplicado a la financiación de la obra pública municipal;

Que el Art. 2 de la Ordenanza citada, establece que será finalidad del fondo, la financiación de obra pública que se realice por administración municipal y este acorde a la legislación vigente;

Que el fondo estará integrado por la suma de pesos equivalente al 2% (dos por ciento) de cada partida emitida y cobrada por el municipio por la tasa por Servicios a Emprendimientos Urbanísticos y por las transferencias provinciales o nacionales que en concepto de crédito o subsidios se destine o reciba a tal fin;

Que, en razón de lo expuesto, corresponde al Ingreso Presupuestario creado a tal fin -N° 12.9.11.00-  la transferencia de los recursos para la ejecución de la Ordenanza N° 1813;

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente Decreto de acuerdo a lo previsto por los artículos 108, 119 -último párrafo-, 120 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades, y el Decreto Provincial N°2980/2000 (RAFAM);

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA 

ARTICULO 1º.-Transfiérase a la Cuenta de Ingreso N° 12.9.11.00, la suma de pesos un millón quinientos setenta y nueve mil cientos setenta y nueve con ochenta y seis centavos ($1.579.179,86), equivalente al dos por ciento (2%) de la Tasa por Servicios a Emprendimientos Urbanísticos, correspondiente al periodo de octubre del corriente año, conforme a los anexos que forman parte integrante del presente. -

ARTICULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -

ARTICULO 3º.- Dese al Registro Oficial de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. –

Anexos

Anexo Dec. 2012-25

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