Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1977
Brandsen, 03/11/2025
Visto
Visto el expediente 4015-37686/25, por el cual el Sr. Orsi Ana María DNI Nº 14.515.529 y Sánchez Héctor Francisco DNI N° 12.154.937, solicitan escrituración. Ley 10.830 Pda. Nº (013) 22.349, y;
Considerando
Que, la regularización Dominial mencionada se caracteriza por su Interés Social, derivado de la situación económica de las familias afectadas;
Que, a los fines de dicho trámite ante la Escribanía General de Gobierno, corresponde que el Municipio proceda a declarar de Interés Social dicha Regularización Dominial;
Que los antecedentes obrantes en el Municipio, permiten aseverar que el peticionante reúne las condiciones que exige la ley al respecto;
Que asimismo se expide el Director de Regularización Dominial diciendo: “Dirección de Despacho y Digesto, Sra. Daiana Bertolino. S/D: A fin de proseguir con el trámite escriturario correspondiente, en el marco de la Ley 10,830, solicito a usted el dictado del acto administrativo de Interés Social, por la cual los Sres. Ana María ORSI, argentina, D.N.I. N° 14.515.529; y Héctor Francisco SANCHEZ, argentino, D.N.I. N° 12.154.937, ambos domiciliados en calle Nello Sequenza Nº 534 de la localidad de Jeppener, partido de Brandsen, solicitan la escrituración a su favor del inmueble, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción V, Sección B, Quinta 12, Manzana 12 a, Parcela 5.- Partida: (013) 22.349,- Sin otro particular, la saludo atentamente.-. FDO. ORELLANO SILVESTRE FERMIN. DIRECTOR DE REGULARIZACION DOMINIAL. MUNICIPALIDAD DE BRANDSEN. 3 DE NOVIEMBRE DE 2025.”;
Que, en ese orden de ideas, corresponde dictar el acto administrativo de Declaración de Interés Social;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Social la Regularización Dominial a nombre del Sr. Orsi Ana María DNI Nº 14.515.529 y Sánchez Héctor Francisco DNI N° 12.154.937, del inmueble cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción V, Sección B, Quinta 12, Manzana 12 a, Parcela 5.- Partida: (013) 22.349. -
ARTÍCULO 2º.- A los fines del cumplimiento de la presente Escrituración, dese por la Ley 10.830.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno, Economía, Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -