Boletines/Brandsen

Decreto Nº1976

Decreto Nº 1976

Brandsen, 03/11/2025

Visto

Visto el Expte. 4015-38089/25, por el cual el Sr. Romero Nahuel DNI N° 37.405.405 solicita acreditación de pago erróneo de la Pda. N° 34455 a la Pda N° 33454;

Considerando

Que a fs. 11 dictaminó Ingresos Públicos indicando: “De acuerdo a la presentación efectuada y documentos aportados por el contribuyente solicito se evalúe si corresponde hacer lugar a lo peticionado a fs. 1. como asi también el trámite a seguir. Téngase en cuenta, que en los presentes la contribuyente manifiesta haber abonado por error la tasa por Servicios Municipales en la partida nº 34455 solicitando acreditar el pago erróneo en la partida n°34454 de su propiedad. Surge prima facie que el error radico en la similitud entre ambos números de partida, habiendo una diferencia en un digito y al momento de generar el comprobante se ha producido el error involuntario. Cabe destacar también, que la partida n°34455 se registra el pago correspondiendo exactamente a los periodos en cuestión. Entiende este Departamento, que correspondería acceder a lo solicitado por el Sr. Romero Nahuel, por estar dados los requisitos para la reimputacion del pago erróneo por un monto de $ 98930.68 Pasen las actuaciones a esa Asesoría, a los efectos de emitir opinión y dar continuidad al trámite...” Fdo: Merlo Gabriela LEG. 1579 Ingresos Públicos Municipalidad de Brandsen;

Que a fs.12 obra dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica indicando: A la Sra. Directora de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen S/D Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaría Legal y Técnica a fin de emitir opinión respecto a la petición efectuada por el Sr. Nahuel ROMERO, D.N.I. 37.405.405, quien refiere haber realizado nueve pagos por error de la tasa de Servicios Municipales (Contribuyentes Urbanos) que se imputó al inmueble Partida N° 34.455, del cual no es titular, en tanto pretendía abonar el monto correspondiente de la misma tasa, pero respecto al inmueble Partida N° 34.454 del cual sí es titular. Conforme luce en las boletas de pago obrantes de fs. 7 a fs. 10, surge inequívocamente que el solicitante abonó con fecha 9 de octubre del corriente año, la tasa del inmueble Partida N° 34.455, la suma total de $98.930,68 correspondiente al período 8 a 10. A su vez, en fecha 11 de julio del corriente año se abonó la suma de $193.107,69 correspondiente al pago del período 2 a 7, imputado a la misma partida. Por su parte, a fs. 11 se pone en conocimiento que hubo un error involuntario en la consignación del número de partida, al momento de la generación del comprobante, originado por la similitud en los números de partida. Al respecto, considero que el D.E. puede hacer lugar a lo peticionado, ordenando que oportunamente se reimpute lo tributado, al inmueble Partida N° 34.454 y desafectando el pago del inmueble partida N° 34.455, por una suma total de $292.038,37. Oportunamente remítanse las presentes actuaciones a la Jefatura de Ingresos Públicos a tal efecto. Brandsen, 31 de octubre de 2025.Dra. Falotico Yael. Subsecretaria Legal y Tecnica;

Que, en ese orden, corresponde el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Impútese el pago de pesos doscientos noventa y dos mil treinta y ocho, con37/100 ($292.038,7) realizado en la Partida Nº34.455 a la Partida N° 34.454, correspondiente a la titularidad de la peticionante.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -

ARTÍCULO 3º.-  Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -