Boletines/Brandsen

Decreto Nº1975

Decreto Nº 1975

Brandsen, 03/11/2025

Visto

Visto el Expte. 4015-38048/25, por el cual el Sr. Acuña Dora Ester DNI N° 5.889.883 solicita acreditación de pago erróneo de la Pda. N° 26795 a la Pda N° 29.493 y;

Considerando

Que a fs. 6 dictaminó Ingresos Públicos indicando: “De acuerdo a la presentación efectuada y documentos aportados por la contribuyente solicito se evalúe si corresponde hacer lugar a lo peticionado a fs. 1, como así también el trámite a seguir. Téngase en cuenta, que en los presentes la contribuyente manifiesta haber abonado por error la tasa por Servicios Municipales (Contribuyentes urbanos) en la partida nº 26795 solicitando acreditar el pago erróneo en la partida n°29493 de su propiedad. Surge prima facie que el error radico en la similitud entre ambos es la dirección postal haciendo mención que se mezclaron cuando fueron entregados en el domicilio por error involuntario. Cabe destacar también, que en la partida nº26795 se registra el pago correspondiendo exactamente al periodo en cuestión (9-2025) Entiende este Departamento, que correspondería acceder a lo solicitado por la Sra. Acuña Dora, por estar dados los requisitos para la reimputacion del pago erróneo. Pasen las actuaciones a esa Asesoría, a los efectos de emitir opinión y dar continuidad al trámite..” Fdo: Merlo Gabriela LEG. 1579 Ingresos Públicos Municipalidad de Brandsen.

Que a fs. 7 obra dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica indicando: Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaría Legal y Técnica a fin de emitir opinión respecto a la petición efectuada por la Sra. Dora Ester ACUÑA, D.N.Ι. 5.889.883, quien refiere haber realizado un pago por error de la tasa de Servicios Municipales (Contribuyentes Urbanos) que se imputó al inmueble Partida N° 26.795, del cual no es titular, en tanto pretendía abonar el monto correspondiente de la misma tasa, pero respecto al inmueble Partida N° 29.493 del cual sí es titular. la solicitante refiere asimismo que también abonó la tasa del mismo mes al inmueble correcto de su propiedad, requiriendo en consecuencia que lo abonado erróneamente se reconozca y pueda imputarse ulteriormente a su inmueble. Conforme luce en las boletas de pago obrantes fs. 3 y 4, surge inequívocamente que el solicitante abonó con fecha 4 de septiembre del corriente año, la tasa del inmueble Partida N° 26.795, la suma total de $30.004,59. A su vez, en misma fecha se abonó la suma de $40.592,08 por la tasa del inmueble Partida N° 29.493. Por su parte, a fs. 6 se pone en conocimiento que hubo un error involuntario en la entrega a domicilio de la boleta física de la tasa por servicios municipales, que originó el pago erróneo. Al respecto, considero que el D.E. puede hacer lugar a lo peticionado, ordenando que oportunamente se reimpute lo tributado, al inmueble Partida N° 29.493 y desafectando el pago del inmueble partida N° 26.795, por la suma de $30.004,59. Oportunamente remítanse las presentes actuaciones a la Jefatura de Ingresos Públicos a tal efecto. Brandsen, 24 de octubre de 2025. DRA. FALOTICO YAEL. Subsecretaria Legal y Tecnica. Municipalidad de Brandsen.. -

Que, en ese orden, corresponde el dictado del presente acto administrativo;

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Impútese el pago de pesos treinta mil cuatro con 9/100 ($30.004,9) realizado en la Partida Nº26.795 a la Partida N° 29.493, correspondiente a la titularidad de la peticionante.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -

ARTÍCULO 3º.-  Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -