Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1974
Brandsen, 03/11/2025
Visto
Visto, el expediente N° 4015-37833/25 por el cual Bertolotti Zulma Gloria, D.N.I 13.146.363, solicita la eximición de pago de las Tasas por Servicios Municipales, partida inmobiliaria Nº 26546, y;
Considerando
Que a fs. 23 obra dictamen de la Secretaria de Desarrollo Social indicando: “De mi mayor consideración, me dirijo a Ud. En referencia al Expte. N° 4015-37.833/25.- iniciado por Bartolotti Zulma gloria, domiciliada en Durañona N' 402, con motivo de elevar encuesta socioeconómica y sanitaria por solicitud de eximición de tasas municipales. Pda N° 26.546. Dejo a criterio de análisis el otorgamiento del beneficio solicitado. Sin mas, saluda a ud. Atentamente. Fdo: Gallardo Sandra Liliana, Secretaria de Desarrollo Social, Municipalidad de Brandsen, 2 de octubre de 2025.”;
Que a fs. 24 obra dictamen del Departamento de Ingresos Públicos indicando: “Remito las presentes actuaciones en relación al expediente 4015-37833 iniciadas por Bartolotti Zulma Gloria, por el que solicita la eximición de las tasas municipales en el inmueble con pda: 26545 para el ejercicio 2025. La Sra. Bartolotti Zulma Gloria cuenta con el ingreso proveniente de su beneficio previsional, el mismo no supera el monto de haberes mínimos jubilatorios, el cual a la fecha es de $ 390277.- Ahora bien, se debe tomar en consideración la sugerencia de los profesionales del área de Desarrollo Social, quienes son los que realizan el trabajo de campo, tomando real dimensión y contacto con la situación socio económica del solicitante quienes sugieren el otorgamiento del beneficio de eximición. Es por ello que este departamento considera que están satisfechos los requisitos de la ordenanza 1307/2008 y correspondería eximir el 100% del pago de la tasa. Elevo el presente para proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, salvo elevado criterio. DEPARTAMENTO DE INGRESOS PUBLICOS. MERLO GABRIEA LEG. 1579, Municipalidad de Brandsen, 2 de octubre de 2025.”;
Que a fs. 25 se expide la Subsecretaria Legal y Técnica, indicando: “Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaría Legal y Técnica a fin de emitir opinión respecto a la petición efectuada por la Sra. Susana Mabel PADRÓN, D.N.I. 6.255.629, quien solicitó la eximición de las tasas municipales para el ejercicio 2025, respecto al inmueble de su propiedad ubicado en la calle Saenz Peña N° 1515, Partida N° 26.100, acompañando documentación respaldatoria a su solicitud. En primer lugar y respecto al marco jurídico aplicable al caso, surge que la solicitante se encuentra contemplada en los supuestos del Artículo 1º de la Ordenanza N° 1307, en tanto su haber jubilatorio constituye el único ingreso familiar. A su vez, con los certificados de ANSES obrantes a fs. 7 y 8, surge que sus haberes previsionales no superan el minimo de ingresos por grupo familiar estipulado en la Ordenanza 1307/2008, artículo 1º y 2°, inciso 1). Asimismo, puede observarse a fs. 11 la encuesta social efectuada por el área de Desarrollo Social, quienes allí sugieren se otorgue el beneficio solicitado. Por su parte a fs. 14 se expide el Dpto. de Ingresos Públicos el que también considera que debería eximirse del pago del 100% de la tasa. Por lo expuesto, de compartir el criterio el D.E. podría dictar el acto administrativo pertinente, haciendo lugar a lo peticionado. Oportunamente remítanse las presentes actuaciones a la Jefatura de Ingresos Públicos a tal efecto. Brandsen, 24 de octubre, de 2025. Dra. Falotico Yael. Subsecretaria Legal y Técnica. Municipalidad de Brandsen”;
Que en razón de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Exímase en un cien por ciento (100 %) del pago de las Tasas por Servicios Municipales, por el ejercicio 2025, a la Sra. Bertolotti Zulma Gloria, D.N.I 13.146.363, Partida Inmobiliaria Nº 26564.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese. -