Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 19092/2025
Tandil, 29/12/2025
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Incorporesé al listado de moteros y bicicleteros del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 11.017 y sus modificatorias, el siguiente:
Av. Avellaneda al 700 esquina Richieri.
ARTÍCULO 2º: El motero mencionado en el Artículo 1º será de cuatro (4) metros y se ubicará de manera de no obstaculizar el espacio destinado a sendas peatonales, rampas de discapacitados y cualquier otra que pueda generar inconvenientes de tránsito peatonal o vehicular.
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo a través del Área que corresponda procederá a la señalización y demarcación correspondiente.
ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande la implementación de la presente Ordenanza se imputarán al presupuesto de gastos en vigencia.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)