Boletines/Tandil
Decreto Nº 3581/2025
Tandil, 26/12/2025
Visto
La Ordenanza Nº 18.855/2025, y;
Considerando
Que resulta necesario proceder a la reglamentación de la Ordenanza aprobada;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el artículo 108º, inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley N° 6769/58);
Que el Artículo 9° de la Ordenanza N° 18.855/2025 establece que la Autoridad de Aplicación de la misma será la Secretaría de Gobierno;
Por todo ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Apruébese la Reglamentación de la Ordenanza N°18.855/2025 que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno,
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, por la Secretaría de Protección Ciudadana, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Economía y Administración, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia
Anexo I - DR Ord 18.855
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