Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 637/25
Arrecifes, 05/11/2025
Visto
El “Convenio de prestación de servicios”, firmado entre los médicos especialistas en anestesiología: Natalia DIAZ, D.N.I. Nº 23.588.718, Julián Gonzalo CASTRO, D.N.I. N° 33.813.997, Catalina REYNOSO, D.N.I. N° 38.692.131, Carolina Madelen BEGUELIN, D.N.I. N° 31.994.895, Facundo DIB, D.N.I. N° 30.730.508 y Federico Rafael CASELLA, D.N.I. N° 30.688.724, asociados a la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires, CUIT 30-66681036-4, representada por la Lic. María Paula VEIGA, D.N.I. N° 30.572.293, en su carácter de Gerente Apoderada y la Municipalidad de Arrecifes, y;
Considerando
Que, en fecha 1 de octubre de 2.025 se efectuó una prórroga del Convenio indicado en el VISTO por el termino seis (6) meses, contados desde el día 1 de octubre de 2.025 hasta el día 31 de marzo de 2.026 inclusive, con los profesionales: Natalia DIAZ, D.N.I. Nº 23.588.718, Julián Gonzalo CASTRO, D.N.I. N° 33.813.997, Catalina REYNOSO, D.N.I. N° 38.692.131, Facundo DIB, D.N.I. N° 30.730.508 y María Celeste CHIAPPETTA, D.N.I. N° 36.335.992.
Que, la presentación efectuada por la Secretaria de Salud y Acción Social de la Municipalidad de Arrecifes, CP. Nadia V. ZANZOTTERA, mediante Expediente Administrativo 257.427/25, de fecha 3 de noviembre de 2.025, por la cual solicita la autorización para emitir orden de compra por la suma de Pesos Noventa millones ($ 90.000.000,00.-), por las prestaciones derivadas de la implementación de la prórroga del convenio de prestación de servicios, por el periodo correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2.025.
Que, es necesario arbitrar los procedimientos administrativos tendientes a la implementación del marco regulatorio establecido en el convenio de prestación de servicios antes mencionado.
Que, la vigencia del convenio de prestación de servicios es por el término un (1) año, contados a partir del día 1 de octubre de 2.024 hasta el 30 de septiembre de 2.025 inclusive, con el propósito de garantizar la prestación del servicio de anestesia, la misma fue prorrogada de común acuerdo por las partes conforme lo indicado en el primer considerando del presente.
Que, dicha prorroga del convenio mantiene el mecanismo de actualización automático de los valores de las unidades asistenciales acordadas conforme la variación de la inflación (IPC oficial publicado por INDEC).
Que, conforme lo establecido por el artículo 156° inc. 3°) del Decreto-Ley 6769/1958, se configura una excepción al límite de contratación directa establecido en el artículo 151° de la citada norma.
Que, por lo expuesto corresponde autorizar a las oficinas municipales de Compras y Suministros y de Contaduría, a formalizar la contratación de los profesionales cuyos datos se detallan en el VISTO del presente decreto, por los meses de meses de octubre, noviembre y diciembre de 2.025.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Autorízase a las oficinas de Compras y Suministros y de Contaduría de esta Municipalidad de Arrecifes, al cierre de una Orden de Compra, y su devenir administrativo, de Pesos Noventa millones ($ 90.000.000,00.-), por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2.025, en relación a las prestaciones derivadas de la implementación del convenio de locación de servicios celebrado en fecha 1 de octubre de 2.024, y su Convenio de Prórroga de fecha 1 de octubre de 2.025, entre la Municipalidad de Arrecifes, representada por el Intendente Municipal Dr. Juan Fernando Bouvier, por una parte y como locataria; y por la otra, como locadores, los médicos especialistas en Anestesiología, todos asociados a la “Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires (AANPBA)”, CUIT N° 30-66681036-4, representada por María Paula VEIGA, D.N.I. N° 30.572.923, en su carácter de gerente/apoderada.
ARTÍCULO 2º: Autorízase a la Oficina de Compras y Suministros a emitir una orden de compra complementaria, en caso de surgir diferencias en más de lo establecido en el artículo 1º del presente decreto, a favor de la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º: Autorizase a las oficinas de Compras y Suministros y Contaduría de esta Municipalidad de Arrecifes, a desafectar de existir diferencias de saldos sobre la orden mencionada en el Artículo 1º, al cierre del ejercicio fiscal en curso.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
DR. JUAN FERNANDO BOUVIER - INTENDENTE MUNICIPAL
SRA. MARÍA JULIA MARINCOVICH – SEC. HACIENDA AD-HONOREM