Boletines/Campana
Decreto Nº 935/25
Campana, 06/10/2025
EX-2025-00063040-MUNICAM-SMESA#DGAA Licencia especial Sra. STRAZZERI Alejandra Ivonne
Visto
El Decreto Ley 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); La Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatorio, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización y el EX-2025-00063040-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que obra nota mediante la cual, la Sra. STRAZZERI Alejandra Ivonne (D.N.I. N° 28.256.412), solicita que se le conceda una licencia especial sin goce de haberes, desde el 19 de agosto de 2025 y por el término de un año, por razones de índole personal.
Que tal licencia se encuentra prevista en el Articulo N° 96 de la Ley Provincial N° 14.656, y establece que, las “LICENCIAS ESPECIALES” por causas no previstas en dicha ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas con o sin goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el trabajador deberá contar con una actividad mínima inmediata de un (1) año a la fecha de su iniciación.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la agente reúne los requisitos exigidos por la citada norma, y que los requisitos de antigüedad y las causas están debidamente documentadas en su legajo personal.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Artículo N°108 del Decreto – Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el Artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Sra. STRAZZERI Alejandra Ivonne (D.N.I. N° 36.331.550), Legajo Personal N°7645, quien revista en la Planta Permanente de Personal como Técnica Universitaria IV (Enfermera) – Clase IV - Personal Técnico Universitario, con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Enfermería de los Centros de Atención Primaria de la Salud, Dirección de Salud Comunitaria de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, el uso de la licencia especial sin goce de haberes desde el 19 de agosto de 2025 y por el término de un año, por razones de índole personal, de acuerdo a lo previsto en el Articulo N° 96 de la Ley Provincial N° 14.656.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la Dirección General de Recursos Humanos y por su intermedio a la trabajadora interesada.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, por el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.-