Boletines/Coronel Dorrego
Decreto Nº 2647/2025
Coronel Dorrego, 01/10/2025
Visto
El Concurso de Precios Nº 78/2025, formalizado en el día de la fecha a fin de proceder a la adquisición de alimentos no perecederos para ser entregados a personas carenciadas del Distrito;
Considerando
Que para este concurso se realizaron 5 (cinco) invitaciones, no recibiéndose oferta de los Proveedores CAMARGO LUCAS y MASCIALE LEONARDO MARTÍN y sí se registraron las ofertas que a continuación se detallan:
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Deddddddd detalle |
COOP. OBRERA LTDA DE CONSUMO Y VIVIENDA- SUC 22 |
GRALUMAR GARCÍA S.R.L. |
ABALOS JAVIER ALEJANDRO |
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1500 botellas de aceite mezcla x 900 cc |
$3.019.500.- |
$3.007.380.- |
$3.958.500.- |
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1500 paquetes de arroz x 1 kg |
$1.332.435.- |
$1.591.230.- |
$1.887.000.- |
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1500 paquetes de fideos secos tipo tallarín x 500 grs |
$865.800.- |
$1.042.500.- |
$1.192.500.- |
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1500 paquetes de azúcar x 1 kg |
$1.327.185.- |
$1.435.470.- |
$1.665.000.- |
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1000 paquetes de harina de trigo 000 |
$609.000.- |
$ 693.100.- |
$765.000.- |
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1500 cajas de cacao en polvo x 180 grs |
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$1.070.400.- |
$2.475.000.- |
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500 cajas de puré de tomate x 520 grs |
$270.750.- |
$321.550.- |
$327.500.- |
Que de acuerdo con el informe elevado por el Sr. Jefe de la Oficina de Compras, luego de evaluar las propuestas presentadas, surge la conveniencia de adjudicar el presente concurso, de manera parcial a los Proveedores COOPERATIVA OBRERA LTDA. DE CONSUMO Y VIVIENDA SUC 22 Y GRALUMAR GARCÍA S.R.L. por ser sus respectivas ofertas en los ítems adjudicados las más convenientes para los intereses económicos de este municipio
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO, en uso de sus facultades.-
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Apruébese el CONCURSO DE PRECIOS Nº 78/2025, realizado para proceder a la adquisición de alimentos no perecederos para ser entregados a personas carenciadas del Distrito.-
ARTÍCULO 2°) Adjudicase el CONCURSO DE PRECIOS Nº 78/2025 según el siguiente detalle, por resultar sus ofertas la más conveniente a los Intereses económicos de este Municipio:
ARTÍCULO 3º) Desestímense las restantes ofertas por no convenir a los Intereses Económicos de este Municipio
ARTÍCULO 4°) Fijase la siguiente imputación: 111.01.02.000 Secretaría de Gobierno y Hacienda –17.01.00 Desarrollo y Coordinación de Políticas Sociales – 5.1.4.0. Ayuda Social a Personas - Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.-
ARTÍCULO 5°) Comuníquese a la Jefatura de Compras, Dirección de Hacienda y Contaduría, demás que corresponde, dése al R.O. y oportunamente, archívese.-