Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1279/2025
Pellegrini, 03/09/2025
Visto y considerando
La certificación digital de servicios presentada oportunamente por la Municipalidad de Pellegrini ante del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS), en referencia al agente municipal Señora María del Rosario TORRES, DNI N° 24.897.762, Legajo N° 621;
Los Decretos N° 079/07 y N° 011/25; y
Que a través del Decreto N° 079/07 la señora TORRES fue nombrada a partir del día 01 de enero de 2007, como Enfermera Categoría 11 – de Planta Permanente – Finalidad 2- “Salud Pública”, Programa 1- “Atención Médica en Unidades con Internación” 1- 1- 1- 1- 4-;
Que mediante del Decreto N° 011/25, a la citada agente municipal se le da la baja a partir del 01 de enero del corriente año, en el cargo de Personal Técnico, Enfermera Profesional, Régimen 42 horas, de la Planta Permanente del Hospital Municipal “Dr. Guillermo del Soldato”, para acogerse a los beneficios jubilatorios;
Que dicha agente municipal cumplió efectivamente el cargo de Personal Técnico, Enfermera Profesional del nosocomio local desde el 01 de enero de 2013 y hasta la fecha de su baja, a pesar de que por un error material la administración municipal no haya procedido al dictado del acto administrativo correspondiente categorizando a la señora TORRES en dicho cargo;
Que a la agente municipal mencionada, desde el 01 de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2024, se le liquidaron mensualmente los haberes teniendo en cuenta el cargo de enfermera profesional del Hospital Municipal que efectivamente cumplía, realizándole los aportes y contribuciones correspondientes a dicho cargo, situación que es acreditada por los recibos de haberes pertenecientes a ese período y que se encuentran en poder del ex agente y de la Oficina de RR.HH. municipal;
Que en respuesta a la certificación digital de servicios de la ex agente municipal señora TORRES presentada por el área de recursos humanos en una primera oportunidad, el IPS expresó la siguiente observación: “Se solicita al Municipio de Pellegrini que ratifique o rectifique la certificación digital de servicios atento la discrepancia entre el mejor cargo certificado y el cargo que desprende del recibo de haberes…”;
Que a todas luces resulta aplicable en este caso el principio de primacía de la realidad, que es un concepto fundamental en el derecho laboral que establece que la existencia y el carácter de una relación laboral se determinan por lo que ocurre en la práctica (los hechos), y no por lo que las partes hayan acordado o documentado formalmente, priorizando así la verdad de los hechos por sobre la simulación o la apariencia jurídica.
Que en base a dicho principio y a la liquidación de los haberes mensuales realizada a partir del 01 de enero de 2013, la cual estuvo de acuerdo con el cargo de enfermera profesional que ocupaba y ejercía la agente municipal que nos ocupa, resulta necesario y obligatorio para el Estado municipal rectificar el certificado de servicio presentado ante el IPS, a fin de salvar el error material en que incurrió la administración, lo cual no puede ser causa de perjuicio de la señora TORRES;
LA INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Procédase a la rectificación de la certificación digital de servicios presentada oportunamente por la Municipalidad de Pellegrini ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS), en referencia al agente municipal Señora María del Rosario TORRES, DNI N° 24.897.762, Legajo N° 621, teniéndose en cuenta la liquidación de haberes realizada y el cargo de Enfermera Profesional del Hospital Municipal “Dr. Guillermo del Soldato” que efectivamente ejerció a partir del 01 de enero de 2013.
ARTICULO 2°: Convalídase la liquidación de haberes realizada por la Municipalidad de Pellegrini en referencia a la agente municipal Señora María del Rosario TORRES, DNI N° 24.897.762, Legajo N° 621, desde el 01 de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2024, y que se corresponde con el siguiente cargo: “Personal Técnico – Enfermera Profesional – Régimen 42 horas; Jurisdicción 1110105000. Secretaría de Desarrollo Social, Salud y Medio Ambiente; 21.01.00. Atención Médica en Unidades con Internación; 04. Personal Técnico; 26. Enfermera Profesional – Régimen 42 horas”.
ARTICULO 3°: Comuníquese a la Oficina de Recursos Humanos de la Municipalidad de Pellegrini y a las restantes oficinas municipales pertinentes, notifíquese al interesado y al Instituto Previsional de la Provincia de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.