Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 2076/25
Mar Chiquita, 28/11/2025
Visto
La necesidad de proceder a la renovación del Personal por hora cátedra de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Tercera Edad;
Considerando
Que de acuerdo a lo previsto por la ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados municipales y personal temporario; y
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: RENUEVASE, como PERSONAL POR HORA CÁTEDRA para cumplir tareas en distintos centros asistenciales del Municipio dependiente de la SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y TERCERA EDAD, a partir del día 01 de diciembre de 2025 y hasta el 28 de febrero de 2026 inclusive, a las siguientes personas:
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APELLIDO Y NOMBRE |
HORAS CÁTEDRA |
CUIL |
LEG. |
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ACUÑA, Emilia Débora Carla |
50 hs. |
23-30395424-4 |
3504 |
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AUMIRALL, Roció Agustina |
70 hs. |
23-43733194-4 |
4470 |
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DALPONTE, Darío |
128 hs. |
20-21550701-8 |
4405 |
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GOMEZ, Valeria Raquel |
70 hs. |
27-26729489-0 |
2910 |
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SOUTO EZEYZA, Sebastián Matias |
90 hs. |
20-26049100-9 |
4538 |
ARTICULO 2 º: RENUEVASE, como PERSONAL POR HORAS CATEDRAS, para cumplir tareas en el JARDIN MATERNAL ARCOIRIS, de la localidad de Vivoratá, dependiente de la SECRETARIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y TERCERA EDAD a partir del día 01 de diciembre de 2025 y hasta el 28 de febrero de 2026 inclusive, a la siguiente persona:
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APELLIDO Y NOMBRE |
HORAS CÁTEDRA |
CUIT |
LEG. |
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ALVAREZ, Analía Verónica |
150 hs. |
27-29859272-5 |
4669 |
ARTICULO 3º: El gasto ordenado en el Artículo 1° será imputado a la Jurisdicción 1110142000 – Cat. Prog. 81.01, 82.02 y 82.03; el Artículo 2° será imputado a la Jurisdicción 1110136000 – Cat. Prog. 67.00 del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2025.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Tercera Edad Sra. Virginia Vásquez y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.