Boletines/Salto
Decreto Nº 1994/25
Salto, 16/07/2025
Visto
el Expediente Nº4099-38287/23 ALCANCE I CUERPO I mediante el cual tramitó la Licitación Pública Nº01/2023 que tuvo por objeto la contratación de la ejecución de la Obra Pública denominada “Ejecución de carpeta asfáltica en diferentes arterias de la ciudad de Salto (Bs. As.)”; y
Considerando
Que, por Decreto Municipal Nº0707/23 este Departamento Ejecutivo adjudicó a la firma LUCIANO S.A. la ejecución de la obra referenciada en el Visto por la suma de PESOS CIENTO TRECE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE con 94/100 ($113.991.747,94) a través de la asistencia financiera oportunamente otorgada en el marco del Convenio oportunamente celebrado con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires;
Que, a fs. 666 obra nota de este Gobierno Municipal por la que solicita a la referida Cartera Provincial, la reducción del alcance y monto de la obra en virtud de considerar que no resulta conveniente la ejecución de los ítems cuya reducción se solicita en su alcance general ya que la obra se ha vuelto económicamente inviable debido a los incrementos inflacionarios, los reiterados aumentos del valor del dólar y consecuente incremento de los materiales necesarios para la culminación de la obra;
Que la obra, tiene un porcentaje de avance de obra, en consideración al presupuesto original, del noventa (90) por ciento, equivalente a un monto de PESOS CIENTO DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES con 14/100 ($102.592.573,14);
Que, al respecto, el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires mediante el CONVE-2025-20867647-GDEBA-MIYSPGP modifica la Cláusula Primera del CONVE-2023-32611638-GDEBA-DGALMIYSPGP que modifica la suma de financiamiento de la obra en PESOS CIENTO DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES con 14/100 ($102.592.573,14), con lo cual se da por culminada la obra;
Que, mediante nota obrante a fs. 679 suscrita por el Jefe de Obra y Apoderado de la empresa LUCIANO S.A., Sr. Juan Carlos Toro por la cual manifiesta que acepta la rescisión de mutuo acuerdo del Contrato de Adjudicación de Obra oportunamente suscrito a los fines de evitar perjuicios para ambas partes; adjuntándose a fs. 680/684 copia del Acta Acuerdo en cuestión;
Que, a posteriori, la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos adjunta la referida Acta, conjuntamente con el cómputo, presupuesto y croquis de cierre y empate de obra, además del Acta Final de Obra de fecha 24 de Mayo de 2025;
Que, la Dirección de Asuntos Legales mediante Dictamen Nº1380/25 estima que se encontrarían reunidas las condiciones para sancionar el acto administrativo por el cual se disponga la finalización de la obra en cuestión y el archivo de las presentes actuaciones;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones legales que le han sido conferidas
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Rescindir de mutuo acuerdo en todos sus términos el Contrato de Adjudicación de la Obra denominada “Ejecución de carpeta asfáltica en diferentes arterias de la ciudad de Salto (Bs. As.)”, celebrado con la firma LUCIANO S.A. C.U.I.T.:30-56734850-0 con domicilio legal constituido en Av. Gral. Savio Nº685 de la ciudad de San Nicolás, Pcia. de Bs. As., oportunamente adjudicado mediante Decreto Nº0707/23, por presentarse en el caso las circunstancias extraordinarias o anormales e imprevisibles, posteriores a la celebración del contrato administrativo celebrado entre las partes, que han alterado la ecuación económica–financiera de los actores involucrados provocando un desequilibrio contractual teniendo en cuenta las vicisitudes económicas, financieras y presupuestarias actuales, en un todo de acuerdo con las consideraciones establecidas en el exordio del presente Decreto, y con la totalidad de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de las actuaciones llevadas a cabo en la Licitación Pública Nº01/2023, mediante Expediente Nº4099-38287/23 ALCANCE I CUERPO I.-
ARTICULO 2º: Archivar el Expediente Nº4099-38287/23 ALCANCE I CUERPO I.-
ARTICULO 3º: Notificar. Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido archivar.-