Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº312

Resolución Nº 312

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/12/2025

Visto las presentes actuaciones, la Licitación Pública Nº417R-1923-2023, correspondiente a la Obra: “PAVIMENTACIÓN CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN CALLE FOURNIER ENTRE JORGE NEWBERY Y BORLENGHI”, la cual fue adjudicada a la empresa CERRA Y MORO S.R.L. por Decreto Nº2005/2023, y rescindida por Decreto Nº242/2025,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 795/797, obra Convenio de Rescisión de Común Acuerdo, mediante el cual las partes rescinden de pleno derecho y por mutuo acuerdo a partir del día 1 de diciembre de 2024, el contrato de la obra : "Pavimentación Cordón Cuneta y Badén en calle Fournier entre Jorge Newbery y Borlenghi".

Que de fojas 799 a 801 obra Decreto Nº242/2025, mediante el cual se da por rescindido de común acuerdo el contrato de la obra pública mencionado precedentemente, suscripto entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la empresa CERRA Y MORO S.R.L.

Que a fojas 814, el Departamento Contaduría General atento al Convenio de Rescisión de Común Acuerdo- considerando las clausulas segunda y tercera que indican la forma acordada de devolución de capital e intereses adeudados, identificando los créditos a compensar- informa que, en su análisis se omitió considerar las retenciones de Ganancias e Ingresos Brutos que se deben realizar al momento de emitir el pago en cumplimiento de disposiciones legales. Debido a ello, los créditos estipulados en ambas cláusulas no son suficientes para compensar la totalidad de la deuda del contratista, quedando una diferencia a favor del Municipio de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO DIECINUEVE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.475.119,79).-

Que a fojas 815, la Subsecretaria de Obras Públicas eleva informe del cual se desprende que el monto total sujeto a devolución asciende al importe de $36.305.996,65 en concepto de anticipo financiero con más la suma de $35.984.598,56 en concepto de intereses de anticipo financiero, $3.020.951,73 en concepto de redeterminación del anticipo financiero y $2.325.379,97 en concepto de intereses de redeterminación del anticipo financiero. Conforme surge del convenio se encontraban pactadas la compensación de créditos que el contratista tenia a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca. Atento lo informado por la Sra. Contadora General, restarían retener la suma de $1.475.119,79 para cumplir lo pactado.

Que teniendo en cuenta lo establecido en la cláusula cuarta del convenio de rescisión de común acuerdo, la contratista autoriza a la municipalidad a retener en cualquier oportunidad y a su criterio, cualquier pago que tuviera a favor y compensarlo con los saldos adeudados conforme las cláusulas segunda y tercera. En igual sentido, el decreto municipal Nº242/2025 obrante a fojas 799, en su articulo 2º señala encomendar al Departamento Contaduría General a efectuar las retenciones y compensaciones conforme lo convenido por las partes en las cláusulas segunda, tercera y cuarta del convenio referenciado.

Que, a fin de compensar el monto identificado por el Departamento Contaduría General, deberá retenerse del expediente Nº417R-2868-2025 Expedientillo Nº4 correspondiente al certificado Nº3 de la obra "Pavimentación varias cuadras Ingeniero White - Barrio AMTIP", cuyo monto asciende a la suma de $161.053.042,85. A fojas 816/817 consta copia fiel de factura Nº3-596 de fecha 09/12/2025 emitida por la empresa CERRA Y MORO S.R.L. y Certificado Nº 3.

Que a fojas 818, obra dictamen legal de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, mediante el cual expresa que, atento lo expuesto y conforme a lo acordado entre las partes, y habiendo el Subsecretario de Obras Públicas identificado el crédito que cubre el monto a compensar, podría procederse a la compensación del saldo pendiente.

Que a fojas 819 el Asesor Letrado dictamina que teniendo en cuenta todo lo antedicho, resulta jurídicamente válido proceder a la compensación del saldo pendiente.

Por todo lo expuesto, el SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en uso de sus facultades

RESUELVE

ARTICULO 1°: Encomendar al Departamento Contaduría General a efectuar las retenciones y compensaciones necesarias del expediente Nº417R-2868-2025 expedientillo nro. 4 del certificado nro. 3 de la obra: "Pavimentación varias cuadras Ingeniero White - Barrio AMTIP", conforme lo convenido por las partes en la clausula cuarta del convenio de rescisión obrante a fojas 795/797 y decreto Nº242/2025, ello en un todo de acuerdo al exordio de la presente.

ARTICULO 2°: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., notifíquese a la empresa CERRA Y MORO S.R.L.; Tomen conocimiento Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General y Departamento Vialidad. Cumplido, ARCHIVESE.-