Boletines/Salto

Decreto Nº1899/25

Decreto Nº 1899/25

Salto, 04/07/2025

Visto

lo solicitado por la Subsecretaría Social de Tierras y Acceso Justo al Hábitat del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad mediante Expediente Nº21711-2529/25; y

Considerando

Que, en el marco del plan de escrituración del Programa Familia Propietaria, la Jefa del Departamento de Articulación Social solicita a fs. 32 se declare de interés social la escrituración del inmueble designado catastralmente como CIRC. II – SECC. A – CH. 12 – MANZ. 12A – PARCELAS 4, 8 y 15, Vivienda Nº4, Nº8 y Nº15 del Barrio 49 Viviendas – Plan Solidaridad de la ciudad de Salto (B);

Que, a fs. 36/38 el Departamento de Rentas acompaña las Minutas Contables de los inmuebles en cuestión e informa que las viviendas pertenecen a un Plan Federal cuyo cobro está a cargo del Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Buenos Aires;

Que, seguidamente, la Directora de Desarrollo Social manifiesta que de forma conjunta con personal de la Subsecretaría de Hábitat del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad han llevado a cabo las gestiones pertinentes a fin de realizar la selección de familias que cumplen con los requisitos para ser incorporadas al Plan Familia Propietaria, acompañando documentación inherente al trámite;

Que, habiendo intervenido el Departamento de Catastro Municipal dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos informa que los inmuebles designados catastralmente como CIRC. II – SECC. A – CH. 12 – MANZ. 12A – PARCELAS 4, 8 y 15 – PARTIDAS 067-19286, 19290 y 19297 según Plano Nº067-49-98 se encuentran en condiciones técnicas de ser transferidos y acompaña informe de dominio y valuación fiscal de cada parcela;

Que, en este sentido, la Dirección de Asuntos Legales manifiesta que se encontrarían reunidas las condiciones para sancionar el pertinente Acto Administrativo que autorice la escrituración peticionada por ante Escribanía General de Gobierno de la Pcia. de Buenos Aires y se declare la misma de Interés Social con el objeto de posibilitar la intervención del mentado Organismo en virtud de lo normado por el artículo 4º de la Ley Nº10.830;

Que, habiéndose dado cumplimiento con los requisitos  exigidos por Ley 10830, corresponde librar el presente acto administrativo en el marco de lo establecido por el artículo 4º inc. d) de la citada norma legal;

Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, haciendo uso de las atribuciones que le han sido conferidas

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declarar de INTERÉS SOCIAL la escrituración del inmueble cuya nomenclatura catastral es: CIRC. II – SECC. A – CH. 12 – MANZ. 12A – PARCELAS 4, 8 y 15 – PARTIDAS 067-19286, 19290 y 19297 según Plano Nº067-49-98 de la ciudad de Salto. Pcia. de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º: Requerir la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la escritura correspondiente conforme lo previsto por los artículos 2º y 4º inc. d) de la Ley 10830.-

ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-