Boletines/Zárate
Decreto Nº 578/25
Zárate, 10/12/2025
Visto
Lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4121-2923/2025, en el que corren agregadas las actuaciones vinculadas con la Licitación Pública Nº 13/2025, “PROVISIÓN DE TOSCA PARA LA REPARACIÓN DE CALLES DE TIERRA – ETAPA I 2025”; y-
Considerando
Que, mediante el Expediente Municipal Nº 4121- 2923/2025, se tramita la Licitación Pública Nº 13/2025, cuyo objeto fue el de contratar una empresa para la: “PROVISIÓN DE TOSCA PARA LA REPARACIÓN DE CALLES DE TIERRA – ETAPA I 2025”; Que, según Acta de Apertura Nº 2680, que consta a fs. 55/56, en fecha 06/11/2025, se realizó la apertura de los sobres de la Licitación Pública N° 13/25; Que, a la convocatoria municipal se presentaron las Empresas: ALMIRANTE IRIZAR S.A. (Alcance 1 fs. 57 a 114), TRANSPORTE CESAR OBRAS VIALES Y CIVILES S.R.L. (Alcance 2 fs. 115 a 224) y VIAL JAIME S.R.L. (Alcance 3 fs. 225 a 284); Que, la Comisión de Preadjudicación, designada por el Artículo 4º del Decreto de Convocatoria Nº 498/2025, se expide (fs. 289) aconsejando al Departamento Ejecutivo Municipal, adjudicar la señalada Licitación Pública Nº 13/2025, a la firma VIAL JAIME S.R.L.; Considerando asimismo, que habiendo analizado el resto de la documentación aportada, la citada empresa se encuentra técnicamente apta para llevar a término la provisión licitada; Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, comparte los criterios vertidos por la mencionada Comisión de Preadjudicación;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las atribuciones que le acuerda el artículo 132º y, concordantes del Decreto–Ley 6.769/58, DECRETA
ARTÍCULO 1º- Adjudíquese la Licitación Pública Nº 13/2025, a la Empresa VIAL JAIME S.R.L., con domicilio real, en Colectora Panamericana Km. 57, Loma Verde, Belén de Escobar, Provincia de Buenos Aires, con domicilio electrónico especial ventas@vialjaime.com; en las condiciones de su oferta económica obrante a fojas 284, del Expediente Municipal 4121-2923/2025.- ARTÍCULO 2º- El importe de la Oferta aceptada, asciende a la suma de Pesos Doscientos Ocho Millones Quinientos Mil con Cero Ctvs. ($208.500.000,00), IVA Incluido.- ARTÍCULO 3º- Cítese a la Empresa adjudicataria, en su domicilio constituido a suscribir el contrato general, para la entrega de la provisión licitada, conforme a lo establecido en el Pliego Licitatorio y a la Oferta aceptada.- ARTÍCULO 4º- Dispóngase que a la firma del Contrato, se constituya la Garantía Contractual, por el importe de Pesos Diez Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil con Cero Ctvs. ($10.425.000,00) correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor adjudicado; garantía que deberá conservar su vigencia hasta finalizada la entrega, conforme a lo establecido en el Pliego Licitatorio y el contrato a suscribirse. ARTÍCULO 5º- A la Suscripción del Contrato, dispóngase la devolución de la garantía de la oferta presentada por la Empresa VIAL JAIME S.R.L.- ARTÍCULO 6º- Dispóngase la devolución de las garantías de la Oferta presentada por las Firmas: ALMIRANTE IRIZAR S.A. y TRANSPORTE CÉSAR OBRAS VIALES Y CIVILES S.R.L..- ARTÍCULO 7º - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos ING. SERGIO R. AGOSTINELLI.- ARTÍCULO 8º– Regístrese, publíquese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos; Secretaría de Gobierno; Secretaría de Economía, Dirección de Compras, Dirección de Seguimiento y Control de Concesiones y Licitaciones; Contaduría; Tesorería y archívese.-