Boletines/Zárate

Decreto Nº576/25

Decreto Nº 576/25

Zárate, 10/12/2025

Visto

Lo actuado en el expediente municipal 4121-413/2025; y-

Considerando

Que, en el expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 05/2025 “PLAN DE RENOVACIÓN CAPA ASFÁLTICA DEL CASCO CÉNTRICO Y BARRIOS - ETAPA 1 - 2025”; Que, por Decreto N° 200/2025 se adjudicó la Licitación Pública Nº 05/2025 a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L. por un importe de pesos Dos Mil Novecientos Cincuenta y Tres Millones Doscientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Veintiocho con 22/100 ($2.953.287.428,22); Que, a raíz de lo solicitado por la Subsecretaría de Mantenimiento Público, la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos solicita la ampliación del monto de dicha Licitación por la suma de pesos Mil Cinco Millones Trescientos Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Ochenta con 85/100 ($1.005.344.780,85) en el marco de lo establecido en el artículo 146 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, lo que implica una ampliación del Treinta y Cuatro con Cuatro por ciento (34,04%); Que, se agrega Dictamen Técnico de la Secretaría de Obras Mantenimiento y Servicios Públicos manifestando que es esencial la reparación de la infraestructura vial por lo que se promovió la Licitación Pública objeto de análisis la que está a punto de ser concluida. Señala también que la interrupción de las tareas traería aparejado costos indirectos ocultos y tiempos perdidos deteriorando aún más la estructura de rodamiento vial. Por último, entiende que el monto designado resulta conveniente para ese tipo de obras en curso de ejecución y que la empresa las realiza cumpliendo con lo indicado por la Inspección de Obras, las reglas de arte y el pliego; Que, consta en el expediente dictamen técnico legal, formulado por la Dirección General de Asesoría Letrada, dónde no manifiesta observaciones en el marco de su respectiva competencia; Que, el artículo 146 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece que “El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista. También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta por ciento (50%) del monto total contratado”; Que, el importe de la ampliación solicitada resulta superior al veinte por ciento (20%) e inferior al cincuenta por ciento (50%) del monto de la licitación, por lo que se encuentra encuadrada en el segundo párrafo del artículo 146 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades; Que luce agregado al expediente citado en el Visto el Dictamen Técnico requerido por la normativa indicando las razones de oportunidad, mérito y conveniencia de la ampliación; Que el Departamento Ejecutivo considera oportuno autorizar la ampliación solicitada;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las atribuciones que le acuerda la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Autorizase la ampliación del monto de la Licitación Pública N° 05/2025 “PLAN DE RENOVACIÓN CAPA ASFÁLTICA DEL CASCO CÉNTRICO Y BARRIOS - ETAPA 1 - 2025”, en la suma de pesos Mil Cinco Millones Trescientos Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Ochenta con 85/100 ($1.005.344.780,85), IVA incluido; adjudicada a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L. mediante Decreto N° 200/2025.- ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la Dirección de Compras a que proceda a emitir una Orden de Compra por el importe consignado en el artículo 1°. - ARTÍCULO 3°.- Autorícese al Señor Secretario de Obras, Mantenimientos y Servicios Públicos ING. SERGIO RICARDO AGOSTINELLI, a que firme, en representación del municipio, la adenda contractual correspondiente con la empresa adjudicataria. - ARTÍCULO 4°.- Dispónese que, a la firma de la adenda, se constituya Garantía Contractual por el importe de Pesos Cincuenta Millones Doscientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Treinta y Nueve con 04/100 ($50.267.239,04), correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor ampliado, garantía que deberá conservar su vigencia hasta finalizada la obra y por el plazo de conservación de la obra, conforme lo establecido en el Pliego Licitatorio y el contrato a suscribirse. - ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Ing. SERGIO RICARDO AGOSTINELLI. - ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Secretaría de Economía, Contaduría Municipal y Dirección de Compras y Dirección General de Concesiones y Licitaciones, notifíquese a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L., publíquese y archívese.-