Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 755
Exaltación de la Cruz, 03/12/2025
Promocion Especial Bruno Antonella Lucia
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal N° 3013/23, el Decreto Reglamentario N° 760/23 del Departamento Ejecutivo Municipal, el Expediente Administrativo N° 4036 -64457-2025, y;
Considerando
Que la Ordenanza 3013/23 y su decreto reglamentario establecen un régimen de Promoción Especial para el desarrollo de los Parques Industriales dentro del partido de Exaltación de la Cruz;
Que en su Artículo 2° faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar el beneficio de exención en la Tasa de Derechos de Construcción sobre el 100 % de las edificaciones que se realicen sobre la totalidad de las parcelas del proyecto y/o sus ampliaciones;
Que la empresa Bruno Antonella Lucia, adquirió una parcela dentro del Parque Industrial Ruta 6 en la que instalara su industria;
Que presento plano de obra de la industria mediante Expediente Administrativo 4036-64353-2025 para la unidad privativa designada catastralmente como: Circunscripción: II, Parcela 265 a, UP 65 y 68 Partidas Inmobiliarias 031-033640 y 031-033643, ubicadas en el Parque Industrial Ruta 6 km 180, Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz;
Que el expediente mencionado ut supra se encuentra en su etapa final para la aprobación del plano de obra a la espera la cancelación de la liquidación por la Tasa de Derechos de Construcción;
Que la empresa Bruno Antonella Lucia solicita el beneficio de Promoción Especial por lo que resulta oportuno y conveniente el otorgamiento del beneficio mencionado;
Que, en virtud de lo expuesto anteriormente, corresponde proceder al dictado del presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE INTERINO MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
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Artículo 1º |
OTÓRGUESE el beneficio de Promoción Especial a la empresa BRUNO ANTONELLA LUCIA, DNI 42.362.343, CONTRIBUYENTE N° 53218, con domicilio legal en Pueyrredón 347 Los Cardales, Pcia de Buenos Aires.- |
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Artículo 2º |
EXÍMASE del pago de la cuota 07/2025 de la TASA DE DERECHOS DE CONSTRUCCION en el cien por ciento (100%) al contribuyente mencionado en el Artículo 1º Expediente Administrativo 4036-64457/2025 para la unidad privativa designada catastralmente como: Circunscripción: II, Parcela 265 a, UP 65 y 68 Partidas Inmobiliarias: 031-033640 y 031-033643 ubicada en el Parque Industrial Ruta 6, Partido de Exaltación de la Cruz; |
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Artículo 3º |
La Exención a que se hace referencia en el Artículo 2° del presente Decreto, para la Tasa de Derecho de Construcción, será aplicable en el porcentaje establecido y por las obras de infraestructura desarrolladas por el emprendimiento de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 3013/2023 y su decreto reglamentario; |
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Artículo 4º |
El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaría de Gobierno. - |
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Artículo 5º |
Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal. Dese a registro de decretos y archívese.
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