Boletines/Campana

Decreto Nº806/25

Decreto Nº 806/25

Campana, 03/09/2025

Expediente Municipal N°4016-41342-10-2017 - RETIRO VOLUNTARIO - AITA MOREIRA Sabina Elizabeth

Visto

El Decreto – Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.), la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización y el Decreto N° 184/2022 (t.v.); el Expediente Municipal N° 4016-41342-102017; y

Considerando

Que obra Solicitud de Retiro Voluntario, mediante la cual la agente Sra. Sabina Elizabeth AITA MOREIRA ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en el artículo 98 de la Ley Provinciales Nº 14.656.

Que el nombrado agente, a través del Acta Acuerdo celebrada entre el mismo y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde la fecha de firma del acta.

Que,   según  las  Cláusulas  Primera  Segunda  de  dicha Acta,  se  ha llegado a  acordar que la Municipalidad  le otorgaría  la suma  de Pesos  Cinco  Millones

Ochocientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Setenta y Ocho Con 40/100 Centavos ($5.858.678,40.-) a abonar en dos pagos de Pesos Dos Millones Novecientos Veitinueve Mil Trescientos Treinta y Nueve Con 20/100 Centavos ($2.929.339,20.-) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 30 de septiembre y 15 de octubre ambas del año 2025.

Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve porciento (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022(t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 28 de agosto de 2025, el Retiro Voluntario solicitado por la Sra. Sabina Elizabeth AITA MOREIRA (D.N.I. Nº 28.502.108) legajo personal Nº 7278, quien revista en la Planta Permanente de Personal, como Personal Técnico Administrativo IV (Técnico) – Clase IV- Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Director General de Calidad Ambiental, Bromatrología y Zoonosis, Secretaria de Salud, Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 2°.-   Concédase   en  virtud  de  lo  previsto  en  la   Cláusula  1º  del  Acta 

Acuerdo celebrada el 28 de agosto de 2025 entre la Sra.  Sabina Elizabeth AITA MOREIRA y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a Pesos Cinco Millones Ochocientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Setenta y Ocho Con 40/100 Centavos ($5.858.678,40.-) a abonar en dos pagos de Pesos Dos Millones Novecientos Veintinueve Mil Trescientos Treinta y Nueve Con 20/100 Centavos ($ 2.929.339,20.-) a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 30 de septiembre y 15 de octubre ambas del año 2025.-

ARTÍCULO 3°.-   Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el Nueve porciento (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración el Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4°.-  Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110105000 – Secretaria de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTICULO 5°. - Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 6°.-   Regístrese; comuníquese; notifíquese,  publíquese, y archívese.-