Boletines/General Belgrano
Decreto Nº 907/2025
Publicado en versión extractada
General Belgrano, 08/04/2025
VISTO la Ordenanza Nº 47/89 y sus modificatorias Ordenanzas 23/14 y 42/14; y
CONSIDERANDO:
Que según las citadas normas, corresponde otorgar el 1% de la Recaudación de las Tasas por Servicios Públicos Municipales y Red Vial (Circunscripciones I, II, III, IV, y V) del Ejercicio, a la Asociación de Bomberos Voluntarios General Belgrano en concepto de Servicio Civil de Defensa.
Que por el período comprendido entre los meses de octubre a diciembre de 2024 corresponde otorgar un subsidio de pesos tres millones novecientos ochenta mil ochocientos veintinueve con 37/100 ($ 3.980.829,37), y de los meses de enero a marzo de 2025, la suma de pesos seis millones ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos cuatro con 16/100 ($ 6.184.404,16) conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante del presente Decreto.
Que corresponde pagar la suma mencionada en cumplimiento a la Ordenanza Nº 47/89 y sus modificatorias Ordenanzas 23/14 y 42/14, la cual será abonada conforme la disponibilidad financiera del Municipio.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la Asociación Bomberos Voluntarios General Belgrano un subsidio de pesos diez millones ciento sesenta y cinco mil doscientos treinta y tres con 53/100 ($ 10.165.233,53) para solventar los gastos de cualquier índole que deba afrontar la citada institución, de acuerdo a los datos que surgen del ANEXO I que forma parte integrante del presente, todo ello en el marco de las Ordenanzas Nº 47/89 y sus modificatorias Ordenanzas 23/14 y 42/14, período de octubre a diciembre de 2024 y enero a marzo de 2025.--
Artículo 2°: La institución beneficiaria deberá rendir cuentas de la inversión que realice, conforme lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades.--
Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 1110102000, Programa 23, Actividad 02, Partida 5.1.7.0, Fuente de Financiamiento 131 – Recurso 12.1.12.00, del Presupuesto de Gastos vigente.--
Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdor. Enrique Acha.--
Artículo 5°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Contaduría, Tesorería, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--
Fdo) Prof. Osvaldo Mario Dinápoli – Intendente Municipal – Hay un sello que dice: Municipalidad de General Belgrano – Intendencia.-