Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1501/2025
Nueve de Julio, 15/12/2025
INSCRIPCION BIEN. ESPACIO VERDE. Circunscripción XV, Sección B, Manzana 187C, Parcela 4, Partida 077-42647.
Visto
El Dec. Ley 8912/77 de Ordenamiento Territorial y uso del suelo, el Código Urbano Ambiental de la Ciudad de Nueve de Julio, el Decreto Ley 9.533/80 de Régimen de Inmuebles y la Disposición Técnica Registral 1/82.
Considerando
Que el Decreto - Ley 8912/77 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo en su art. 56 establece que “Al crear o ampliar núcleos urbanos, áreas y zonas, los propietarios de los predios involucrados deberán ceder gratuitamente al Estado Provincial las superficies destinadas a espacios circulatorios, verdes, libres y públicos y a reservas para la localización de equipamiento comunitario de uso público.”
Que el Decreto – Ley 9533/80 establece el régimen de los inmuebles de dominio municipal y provincial. En su art. art. 1º dispone que: “...Constituyen bienes del dominio público municipal las calles o espacios circulatorios, ochavas, plazas y espacios verdes o libres públicos que se hubieren incorporado al dominio provincial con anterioridad a esta Ley y los inmuebles que en el futuro se constituyan para tales destinos en virtud de lo dispuesto por la Ley 8912 -de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo”.
Que lo dispuesto por dicho artículo es receptado por el Código de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de 9 de Julio, el cual en su Capítulo 3 art. 3.3.2.1 expresa que “En todo parcelamiento de macizos existentes y de predios denominados Chacras, Quintas o Parcelas Rurales así como sus remanentes pertenecientes al Área Urbana, o que den lugar a una ampliación de área urbana o creación de zonas residenciales extraurbanas, el propietario tiene obligación de ceder a título gratuito al Estado Provincial espacios destinados a áreas verdes públicas y a equipamientos comunitarios de uso público...”.
Que según plano de mensura y División 77-12-2009, se ceden a favor de la Municipalidad de 9 de Julio en concepto de Espacio Verde Libre y Público, los bienes identificados catastralmente como: Circunscripción XV, Sección B, Manzana 187C, Parcela 4, Partida 077-42647.-
Que a los fines de contemplar los distintos supuestos de transferencia de inmuebles a las Municipalidades la Disposición Técnica Registral 1/82 emitida por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires en su art. 1 establece que debe ser considerado “...título suficiente a tales efectos el Decreto, Ordenanza, Resolución o Disposición de la autoridad respectiva en que acepte aquella...”
Por ello, resultando necesario impulsar los actos para que la Administración Provincial asegure la disponibilidad del dominio de terrenos a favor de éste Municipio, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones. DECRETA
ARTICULO 1º: Aceptar la cesión del espacio verde (según plano de mensura y División 77-12-2009) y por estar contemplada la misma en al art. 1 del Dec. Ley 9.533/80, REQUERIR al registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, la INSCRIPCION REGISTRAL del bien a favor de la Municipalidad de 9 de Julio (clave fiscal 30-63763665-7).
ARTICULO 2º: Ruegase a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad la inscripción pertinente de conformidad, librándose a tal fin la documentación necesaria a tal efecto.
ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Vivienda y Urbanismo. ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.