Boletines/Campana
Decreto Nº 743/25
Campana, 21/08/2025
EX-2024-00025366-MUNICAMSMESA#DGAA Reconocimiento de servicios Sr. Martin Damián LIMA.
Visto
El Decreto - Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, el Decreto N° 1792/24 del Honorable Concejo Deliberante, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); y el EX-2024-00025366-MUNICAMSMESA#DGAA; y
Considerando
Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización solicitó el reconocimiento de los servicios prestados por parte del Sr. Martin Damián LIMA.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que el Sr. LIMA cumplió con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Que asimismo comunica que el Sr. LIMA pueden serles reconocidos los servicios prestados por el periodo desde el 10 de febrero de 2025 y hasta el 5 de mayo del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal
Mensualizado”, Servicio IV – (Operario) - Clase IV – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Subdirección de Jardines, Parques y Paseos, Dirección de Espacios Públicos, Subsecretaría de Espacios Público y Descentralización, Secretaría de Espacios Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto - Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente Decreto se realiza en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reconócense los servicios brindados por el Sr. Martín Damián LIMA (D.N.I. N° 28.342.344), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio IV – (Operario) - Clase IV – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Subdirección de Jardines, Parques y Paseos, Dirección de Espacios Públicos, Subsecretaría de Espacio Público y Descentralización, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, por el período con retroactividad al 10 de febrero de 2025 y hasta el 05 de mayo del mismo año inclusive.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que el reconocimiento dispuesto en este Decreto está
alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-
ARTÍCULO 3º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto fueron tomadas de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-
ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.-