Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1932
Bolivar, 29/10/2025
Visto
El Expediente N° 4013-529/25, mediante el cual se propicia el llamado a Concurso de Precios N° 16/2025, para la adquisición de ALIMENTOS, y;
Considerando
Que por Decreto Nº 1887, de fecha 17 de octubre de 2025, se aprobó el llamado a Concurso de Precios N° 16/2025, para la adquisición de alimentos, con un presupuesto oficial de pesos treinta y un millones doscientos noventa mil con 00/100 ($31.290.000,00);
Que se han cursado CINCO (5) invitaciones a proveedores del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos N° 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades, a las firmas: ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., VARSOVIA S.R.L., ALBANESSE CARLOS MAURICIO, LA COMARCA DE BOLIVAR S.A. y CALDERON CARLOS ALBERTO;
Que se recibieron TRES (3) ofertas válidas de los proveedores: CALDERON CARLOS ALBERTO, VARSOVIA S.R.L. y ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., según surge del Acta de Apertura del día 28 de octubre de 2025;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar cada uno de los ítems por separado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo N° 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Apruébese la Licitación Privada Nº 16/2025, llevada a cabo el día 28 de octubre de 2025, para la Adquisición de ALIMENTOS.
Artículo 2°: Declárense admisibles las propuestas presentadas por los proveedores: CALDERON CARLOS ALBERTO, VARSOVIA S.R.L. y ACTUAL ALIMENTOS BOLIVAR S.R.L., por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3º: Adjudicar a la firma CALDERON CARLOS ALBERTO, por la suma de pesos veintiséis millones setenta y tres mil con 00/100 ($26.073.000,00), los siguientes ítems:
|
CANTIDAD |
UNIDAD DE MEDIDA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE UNITARIO |
IMPORTE TOTAL |
|
3.000 |
CADA UNO |
MERMELADA – MERMELADA POTE X 400 GRS – EMETH
|
$ 870,00 |
$ 2.610.000,00 |
|
3.000 |
CADA UNO |
CHOCLO – GRANO AMARILLO PRESENTACION LATA X 380 GRS – MONTENEVI
|
$ 690,00 |
$2.070.000,00 |
|
3.000
|
CADA UNO |
CACAO – TIPO SOLUBILIZADO DULCE EN POLVO – PRESENTACION CAJA – CAPACIDAD 170 GRS – SANTA ELENA
|
$ 750,00 |
$ 2.250.000,00 |
|
3.000 |
PAQUETE |
AZUCAR - AZUCAR X 1 KG – ANDINA |
$669,00 |
$2.007.000,00 |
|
3.000 |
PAQUETE |
HARINA DE TRIGO – HARINA DE TRIGO COMUN X 1 KG – SARITA
|
$569,00 |
$1.707.000,00 |
|
3.000 |
PAQUETE
|
YERBA MATE – YERBA X ½ KG – LA HOJA/INSIGNIA
|
$ 975,00 |
$ 2.925.000,00 |
|
3.000 |
PAQUETE
|
ARROZ – ARROZ X 1 KG – CAROGRAN –
|
$699,00 |
$2.097.000,00 |
|
3.000 |
PAQUETE
|
FIDEO SECOS – FIDEO TALLARIN X 500 GRS – DON BERNABEU
|
$520,00 |
$1.560.000,00 |
|
3.000 |
PAQUETE |
FIDEO SECO – FIDEOS GUISEROS X 500 GRS – DON BERNABEU
|
$520,00 |
$1.560.000,00 |
|
3.000 |
CADA UNO
|
ACEITE COMESTIBLE – ACEITE MEZCLA X 900 ML – SIGLO DE ORO
|
$1.899,00 |
$5.697.000,00 |
|
3.000 |
CADA UNO |
TOMATE – PURE DE TOMATE X 350 GRS. – HUERTA
|
$530,00 |
$1.590.000,00 |
Artículo 4º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas: Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Desarrollo de la Comunidad – Programa 01 – Desarrollo y Coordinación Desarrollo de la Comunidad – Fuente de Financiamiento 110 – de Origen Municipal.
Artículo 5º: Notifíquese al adjudicatario y a los restantes oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General N° 267/80.
Artículo 6º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 7º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad.-
Artículo 8º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.