Boletines/Lobería

Decreto Nº1846-25

Decreto Nº 1846-25

Lobería, 02/12/2025

ASIGNANSE tareas al personal destajista. 

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Gigena, ubicada en calle Alem N° 860 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda, quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de la referida dependencia SR. HÉCTOR FABIÁN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto    Nº 048/25, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 25 de noviembre de 2025;

POR ELLO, LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. LUCAS GUSTAVO BRITOS, D.N.I. N° 38.584.362, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Gigena, ubicada en calle Alem N° 860 de esta ciudad, a partir del 25 de noviembre de 2025.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS                                                                              MONTO
11 bocas de luz embutidas                                             $ 197.859,31
                           
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON TREINTA Y UN CENTAVOS                       ($ 197.859,31.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO SETENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON CERO UN CENTAVO  ($ 170.159,01.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 23.743,12. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.