Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1317/25

Decreto Nº 1317/25

Coronel Pringles, 21/08/2025

Visto

el Expediente N° 3.166 del año 2021, iniciado por el Sr. VAN DER HORST Lucas Ezequiel; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita la pertinente habilitación como remis del vehículo Marca RENAULT, Modelo KANGOO II EXPRESS EMOTION 5A 1.6 SCE, Año 2020, Tipo FURGON, Dominio AE503AF, Motor H4MH737Q027020, Chasis 8A18SRY04ML689991, propiedad del Sr. Lucas Ezequiel Van der Horst a los efectos de prestar el servicio de transporte de pasajeros en el Partido de Coronel Pringles;

Que el peticionante ha dado cumplimiento con lo exigido en la Ordenanza Municipal N° 4.010/13 y sus modificatorias N° 4.073 y 4.085/13;

Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo requerido, dejando expresa constancia que dicha habilitación lo es en relación al casco urbano, en el Partido Coronel Pringles, quedando fuera de la competencia municipal, la habilitación para desempeñarse en las Rutas Provinciales y/o Nacionales, debiendo para ello, dirigirse el solicitante ante las autoridades correspondientes;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Habilítese como remis el vehículo Marca RENAULT Modelo 3K-KANGOO II EXPRESS EMOTION 5ª 1.6 SCE, Año 2020, Tipo FURGON, Dominio AE503AF, Motor H4MH737Q027020, Chasis 8A18SRY04ML689991, propiedad del Sr. VAN DER HORST Lucas Ezequiel, DNI N° 27.803.705.

ARTICULO 2°: El vehículo mencionado en el artículo precedente la posee Oblea N° 83.

ARTICULO 3°: La habilitación tendrá vigencia por el plazo de doce (12) meses, perdiendo validez si no es acompañada por póliza de seguro pertinente, Verificación Técnica Vehicular habilitante, y demás leyes y reglamentaciones en materia de tránsito, seguridad vial, y toda otra aplicable, sea de origen Nacional y/o Provincial o Municipal.

ARTICULO 4°: La presente habilitación, lo es en referencia al casco urbano de Coronel Pringles, Indio Rico y otros del Partido de Coronel Pringles, no abarca, autoriza, ni comprende las Rutas Provinciales y/o Nacionales, debiendo para ello, dirigirse a las autoridades correspondientes.

ARTICULO 5°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.317/25.