Boletines/Balcarce

Decreto Nº118/18

Decreto Nº 118/18

Balcarce, 16/01/2018

Visto

El Expte N° 1076/B/2017  y  caratulado "Fiscalización Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene", contribuyente CASA HIDALGO SA Comercio 2000", y

Considerando

Que las presentes actuaciones se inician a fin de determinar la existencia de diferencias entre los montos imponibles declarados por el contribuyente en ARBA y en el Municipio a los fines de tributar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene en el periodo 2011-2016.-

Que la Dirección de Recursos detectó diferencias que surgen de la confrontación de los datos de montos imponibles declarados en Arba y en la Municipalidad (fs 541 a 546).­

Que a fs 547 se determinó la diferencia a abonar.-

Que a fs 548 y 549 se notificó al contribuyente la inconsistencia detectada.­ Que a fs 550 a 555 se acreditó que el contribuyente ha abonado.

Que de las constancias mencionadas surge que no ha existido perjuicio para la Municipalidad no existiendo saldo pendiente a abonar por el contribuyente por los periodos 2011-2016 por la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene.

Que el contribuyente ha procedido a pagar el monto adeudado en forma voluntaria sin que la Municipalidad haya culminado el proceso de determinación de oficio del tributo.

Que el artículo 67 de la Ordenanza Fiscal vigente establece "...No será necesario dictar resolución determinando de oficio la obligación tributaria si -antes de dicho acto- el responsable prestase  su conformidad con las impugnaciones o cargos formulados. Dicha conformidad producirá los efectos de una declaración jurada para el responsable que la formule".

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE,  en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias.

ARTICULO 1°: Archívense las actuaciones del 1076/B/2017 por los motivos expuestos en el considerando.

ARTICULO 2: Notifíquese al contribuyente CASA HIDALGO SA, Comercio 2000 lo establecido en el artículo anterior.

ARTICLLO 3: Cúmplase, comuníquese, tomen razón a sus efectos la Secretaría de Hacienda, Asesoría Legal, Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización,  interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.