Boletines/Campana

Decreto Nº628/25

Decreto Nº 628/25

Campana, 22/07/2025

Expediente Municipal Nº 4016- 22731-0-2022 Contratación Dra. DI NAPOLI Ana Clara

Visto

El Decreto – Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ley Provincial N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por la Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017, la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v), los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 047/2025 y el Expediente Municipal Nº 4016- 22731-0-2022; y

Considerando

Que el Servicio Público de prestación de Salud, brindado por la Unidad Hospitalaria San José, es un servicio imprescindible e ininterrumpible, las 24 horas del día, los 365 días del año.

Que luce DECTO-2025-47-E-MUNICAM-INT a través del cual se aprobó la contratación de los servicios locados con la Dra. DI NAPOLI Ana Clara.

Que obra el contrato de locación de servicios con la Dra. DI NAPOLI, el cual venció en fecha 30 de junio del 2025.

Que la Secretaría de Salud emite Informe Circunstanciado en el cual manifiesta la necesidad de celebrar una nueva contratación con la profesional.

Que  la  Dirección  General  de  Recursos Humanos  informa  que  no existe dentro de la estructura  orgánica de personal, tanto en  la planta permanente  como temporaria, personal profesional de la índole requerida que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir con lo solicitado.

Que obra Solicitud de Alta Proveedor- Servicios Locados para el segundo semestre del año 2025.

Que el artículo N° 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo N° 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que la Dirección de compras, habiendo tomado conocimiento de las actuaciones, informa no poseer objeciones al respecto, además informa el número de proveedor de la profesional que se pretende contratar.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal confirma la existencia de crédito presupuestario suficiente para la erogación que se pretende realizar.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda, habiendo tomado conocimiento de las actuaciones, manifiesta no poseer objeciones económicas ni financieras que formular.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento de las actuaciones y las deriva a sus efectos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.)

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  Dispónese la contratación de los servicios locados con la Dra. DI NAPOLI Ana Clara (D.N.I N° 30.753.680), a suscribirse en el marco de lo establecido en el artículo N° 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo N° 27 de la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 01 de julio de 2025 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, por los montos que en cada caso se indican en el Anexo I, el cual se declara parte integrante de este decreto. -

ARTÍCULO 2°. - Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud la confección del Contrato de Locación de Servicios a suscribirse con la Dra. DI NAPOLI Ana Clara (D.N.I N° 30.753.680). -

ARTÍCULO 3°. - Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se tomarán de la Jurisdicción 1110105000, “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.14 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 2025.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud y el Señor Jefe de Gabinete. -

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese y archívese.

Anexos

Anexo I

Anexo

DESCARGAR