Boletines/Campana

Decreto Nº617/25

Decreto Nº 617/25

Campana, 18/07/2025

EX-2025-00049722-MUNICAM-DGD#SMOD Ayuda económica Srta. Agostina Ariadna HEIN

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.) y el EX-2025-00049722-MUNICAM-DGD#SMOD; y

Considerando

Que luce nota presentada por la Sra. Ivana Leticia PINKAS, D.N.I. Nº 24.943.692, mediante la cual solicita una ayuda económica de Pesos Dos Millones Doscientos Mil con 00/100 Centavos ($2.200.000,00.-), para su hija, la Srta. Agostina Ariadna HEIN, D.N.I. Nº 48.563.958, nadadora de la ciudad de Campana, con el objeto de competir en el “Mundial Juniors” a llevarse a cabo en la ciudad de Otopeni, Rumania; la misma estará destinada a afrontar gastos que conlleva su participación, ya sea para su preparación, viaje y recuperación, siendo éstos: pasajes, hospedajes, prestaciones y servicios médicos, nutricionistas y kinesiólogos, indumentaria deportiva, alimentos, complementos nutricionales, transportes, peajes, entre otros.

Asimismo, se acompaña nota de la Confederación Argentina de Deportes Acuáticos, a través de la cual informan la designación de la deportista a la selección  nacional  para  participar en  el citado  torneo, copias  de los  D.N.I. de  ambas

domiciliadas en calle Leandro Astelarra N° 5195, de nuestra Ciudad y del certificado de nacimiento de la joven.

Que obra informe de la Dirección de Deportes en el cual manifiesta conocer el desempeño, logros obtenidos y proyección deportiva de la Srta. HEIN y sin objeciones que consignar al respecto, considera favorable colaborar con el desarrollo de su carrera y crecimiento deportivo para continuar participando de futuras competencias internacionales.

Que la Subsecretaría de Cultura y Educación toma conocimiento.

Que el Sr. Intendente Municipal solicita que se otorgue a la peticionante una ayuda económica por la suma de Pesos Dos Millones Doscientos Mil con 00/100 Centavos ($2.200.000,00.-).

Que la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria e informa que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta suficiente para la erogación que se pretende realizar.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que la peticionante no adeuda rendiciones de subsidios entregados anteriormente al día de la fecha y que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que, no posee objeciones económicas ni financieras que formular a la ayuda económica.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y lo deriva a sus efectos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que las Autoridades Municipales hacen suyo el deber de contribuir, en la medida de sus posibilidades, con jóvenes promesas del deporte campanense a fin de promover su carrera y crecimiento deportivo, y que éstos puedan representar a la ciudad y a la Argentina en competencias internacionales.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo  se dicta en  los  términos de  la Ordenanza Nº  6613 promulgada  por  el

Decreto Nº 537/2017, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N°184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase a la Srta. Agostina Ariadna HEIN D.N.I. Nº 48.563.958, a través de su madre la Sra. Ivana Leticia PINKAS, D.N.I. Nº 24.943.692, ambas con domicilio en calle Leandro Astelarra Nº 5195 de la ciudad de Campana, una ayuda económica por la suma de Pesos Dos Millones Doscientos Mil con 00/100 Centavos ($2.200.000.00.-), necesaria para competir en el “Mundial Juniors” a llevarse a cabo en la ciudad de Otopeni, Rumania; la misma estará destinada a afrontar gastos pertinentes a su participación, ya sea para su preparación, viaje y recuperación; y en un todo de acuerdo con el EX-2025-00049722-MUNICAM-DGD#SMOD.-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, se tomarán de la Jurisdicción 1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Promoción del Deporte”, Partida Presupuestaria 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2025.-

ARTÍCULO 3º.- Establécese que la beneficiaria deberá presentar ante la Contaduría Municipal conforme a los términos de los Artículos 131° a 134° del Reglamento de Contabilidad  y  Disposiciones  de  la  Administración  para  las  Municipalidades   de  la Provincia de Buenos Aires, y del Artículo 50° y concordantes del Capítulo I – Disposiciones Generales del Decreto Provincial Nº 2980/2000, dentro de los treinta (30) días contados desde la fecha de efectuado el cobro del subsidio que se le concede, la rendición de cuentas documentada de su inversión. La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar al mismo del derecho a percibir nuevos beneficios, conforme lo determina el Artículo 51° de la norma provincial antes citada; debiendo asimismo proceder a la devolución del monto otorgado.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-