Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2320/2025
Mercedes, 20/10/2025
Visto
El expediente administrativo Nº 4075-131/2013 Alc. 36 caratulado: “Dirección de Tierras y Hábitat regularización dominialinmuebleNom. Cat.: Circuns. II, Secc. A, Ch. 55, Mz. 55 A, Parcela 07, Partida 33496”, y:
Considerando
Que, el día 04 del mes de noviembre del año 2003, la Sra. JARA LOPEZ Etelvina DNI 23.579.647 y el Sr. CHAVEZ Cesar Octavio D.N.I. 22.135.849, suscriben boleto de compraventa inmobiliaria en el marco del “Plan Familia Propietaria” con la Municipalidad de Mercedes (B), sobre inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55 A, Parcela 7, Partida Inmobiliaria Nº 33.496;
Que, en el marco de la Ordenanza Nº 6807//2010, se dispone la adjudicación de determinados inmuebles sitos en el partido de Mercedes (B) a las familias que se encuentran beneficiadas dentro del “Plan Familia Propietaria”;
Que, de dicha ordenanza, la Sra. JARA LOPEZ D.N.I. 23.579.647 y el Sr. CHAVEZ Cesar Octavio D.N.I. 22.135.849 resultan adjudicatarios de una vivienda identificada con Nom. Cat.: Circ. II, Secc. A, Ch. 55, Mz. 55 A, Parcela 7, Partida Inmobiliaria N° 33.496;
Que, la regularización dominial se caracteriza por su carácter de interés social derivado de la situación económica de las familias que se hallan encuadradas en las previsiones de la Ley 10.830, arts. 2º y 4º inc. D, teniendo el municipio especial interés en regularizar las viviendas sitas en terrenos municipales;
Que, del informe socioeconómico ambiental realizado el 26 de mayo de 2025 por la Licenciada en Trabajo Social del área, surge que la Sra. JARA LOPEZ Etelvina con DNI 23.579.647 habita el inmueble cuya Nomenclatura Catastral resulta ser: Cir. II; Secc. A, Ch. 55, Mz. 55 A, Parcela 07, Partida Inmobiliaria N° 33.496 con el destino de vivienda única, familiar y de ocupación permanente;
Que del mencionado informe se desprende que el Sr. CHAVEZ Cesar Octavio DNI 22.135.849 se encuentra privado de su libertad por razones de violencia intrafamiliar, manifestando además la Sra. JARA LOPEZ Etelvina DNI 23.579.647 que debido a esta situación se encuentra divorciada del Sr. CHAVEZ Cesar Octavio;
Que con el propósito de ahondar y comprobar lo manifestado en el informe socioeconómico efectuado, se adjunta documental de la respectiva sentencia de divorcio, la cual ha sido dictada con fecha 31 de agosto de 2023, quedando firme y surtiendo efectos a tales fines desde esa fecha;
Que, a través de la Ordenanza N° 9650/25 en su Artículo 1° se procede a la desadjudicación del Sr. CHAVEZ Cesar Octavio DNI 22.135.849, como así también en su Artículo 2° se autoriza al Departamento Ejecutivo a disponer del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. A, Ch. 55, Mz. 55 A, Parc. 07, partida inmobiliaria 33.496;
Que a fs. 58 se acompaña Certificado de Cancelación de Vivienda del cual surge que la Sra. JARA LOPEZ Etelvina DNI 23.579.647 no posee deuda de Plan de Vivienda respecto del inmueble Nom. Cat.: Circ. II, Secc. A, Ch. 55, Mz. 55 A, Parcela 7, Partida Inmobiliaria N° 33.496;
Que, resulta imprescindible otorgar a los poseedores la seguridad jurídica que implica la titularidad del dominio sobre el bien adquirido;
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA
Artículo 1º.- Adjudíquese en forma definitiva el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55 A, Parcela 7, Partida Inmobiliaria N° 33.496,a favor dela Sra. JARA LOPEZ Etelvina D.N.I. 23.579.647, adquirido a la Municipalidad de Mercedes (B) mediante boleto de compraventa inmobiliaria suscripto el día 04 del mes de noviembre del año 2003;
Artículo 2º.- Declárese de Interés Social la Regularización Dominial del inmueble ubicado en el partido de Mercedes (B) identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección A, Chacra 55, Manzana 55 A, Parcela 7, Partida Inmobiliaria N° 33.496, a favor dela Sra. JARA LOPEZ Etelvina D.N.I. 23.579.647 que tramita mediante expediente municipal Nº 4075-131/2013Alc. 36;
Artículo 3º.-Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de la Sra. JARA LOPEZ Etelvina DNI 23.579.647, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830;
Artículo 4º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dese al Digesto General. Fecho archívese. –